Suspensión, expulsión y oración: el panorama de los sacerdotes tras sus condenas por abuso
Tres casos de religiosos que asumieron cargos luego de terminar sus penas puso en duda el trabajo de rehabilitación que hace la Iglesia.
A inicios de agosto, la Conferencia Episcopal (Cech) tomó importantes decisiones para enfrentar la crisis por la que atraviesa la Iglesia chilena en medio del mayor escándalo desatado por los casos de abuso sexual. Según un catastro del Ministerio Público, publicado por La Tercera, en las últimas dos décadas se cuentan 229 miembros de la Iglesia investigados, de los cuales 103 presentan causas terminadas o están muertos, y 126 están en indagación vigente. En el conteo hasta julio divulgado por el mismo medio, se registran 178 víctimas y 167 imputados en 119 causas vigentes. Una de las decisiones más relevantes tomadas por la Cech fue la publicación del listado completo de los “clérigos con sentencias definitivas civiles y canónicas por abuso de menores de edad”.
Luego de que se dieran a conocer los nombres de los 38 clérigos, la medida fue bien recibida por las comunidades de laicos de las diócesis del país. Lo que más se valoró, tenía relación con que la publicidad de esta información permitía tener claridad de quiénes son los sacerdotes que han cometido estos delitos. Y eso, de inmediato, provocó mayor control de los laicos frente a sus pastores.
PAUTA.cl analizó en detalle el listado de la Cech para identificar en qué están actualmente los clérigos condenados. La revisión consistió en determinar los delitos cometidos, la condena recibida y el cumplimiento de dichas sentencias. La información se levantó en base a los datos entregados por las diócesis y congregaciones religiosas involucradas.
De todos ellos, 16 dejaron de ser sacerdotes -ya sea por solicitud personal o por orden de expulsión-; ocho fueron suspendidos y no pueden volver a ejercer el ministerio sacerdotal; dos fueron expulsados del país; dos tienen medidas preventivas ya que están envueltos en nuevas investigaciones; tres sigue cumpliendo su pena; uno cumplió su pena y no ha vuelto a asumir responsabilidades eclesiásticas, y 3 no perdieron su estado clerical, cumplieron sus penas y asumieron nuevas misiones pastorales. Sobre otros tres casos no hay información.
Pastores después de cumplir sus condenas
El primer caso involucra a la diócesis de San Felipe. Se trata del sacerdote Juan Carlos Orellana quien en 2006 fue condenado por el delito “de abuso sexual en contra de un menor de 17 años”. La sanción de la justicia civil consistió en cuatro años de prisión remitida, es decir, una pena sustitutiva a la cárcel. Por otra parte, la justicia canónica le impuso una condena de tres años de suspensión del ejercicio público del ministerio sacerdotal.
La polémica ocurrió cuando Orellana terminó de cumplir su condena a finales de 2010. Posteriormente el obispo Cristián Contreras lo destinó como ayudante de sacerdotes de la diócesis, sin una tarea específica. Se mantuvo así hasta febrero de este año, cuando fue nombrado vicario de la parroquia Santa Ana de Longotoma. Un vicario es el ayudante del párroco, quien lo reemplaza cuando no está, por lo tanto, trabaja con toda la comunidad del lugar. Por eso apenas se supo esta situación, la comunidad pidió su salida, tal como quedó retratado en un reportaje de Canal 13.
Tras ello, Orellana dejó de cumplir sus funciones en la parroquia. Sus nuevas condiciones incluyen la revocación de confesar a personas menores de edad, prohibición de todo contacto pastoral con personas menores de 25 años y se le recomendó ejercer su sacerdocio acompañando a adultos mayores, entre otras, y todo “dentro de los límites de la parroquia antes mencionada, y solo ante la solicitud del párroco” Luis Felipe Vergara.
El segundo caso es el del sacerdote Renato Toro, en Chillán. El cura sólo tuvo una investigación por la justicia canónica por abuso sexual de menores, causa respecto de la cual recibió una sanción de suspensión del ejercicio del sacerdocio que cumplió entre los años 2012 y 2015. Posterior a eso, fue destinado para hacerse cargo de la pastoral penitenciaria, lugar en donde sólo trabajó con personas mayores de edad.
Sin embargo, Toro a su vez fue destinado para ser vicario de la parroquia Nuestra Señora del Carmen de Chillán. Su caso recién se supo con todos estos antecedentes cuando en junio le abrieron otra investigación por presuntos abusos sexuales cometidos entre 1983 y 1984. Como consecuencia, se le apartó de sus funciones, los hechos denunciados se declararon verosímiles y actualmente está siendo investigado por la Congregación para la Doctrina de la Fe en Roma.
El último caso involucra a un sacerdote religioso de la Congregación Claretiana. Se trata de Francisco Cartes, quien fue condenado por la justicia civil en 2012 por abuso sexual a menores de edad. La pena se fijó en cinco años de presidio con libertad vigilada, una indemnización económica y la prohibición de ejercer cargos relacionados con menores durante 10 años.
PAUTA.cl intentó clarificar la situación actual de Cartes. Desde la congregación aseguraron que “las tareas que el obispado de Talca le ha encomendado están relacionadas con la capellanía de comunidades religiosas”. Sin embargo, desde la diócesis explicaron que Cartes “es un sacerdote de la Congregación Claretiana y no está incardinado [vinculado permanentemente] en la diócesis y no se le ha conferido ninguna misión pastoral”. Pero además un funcionario del lugar señaló que las religiosas de la Congregación de Santa Marta habían solicitado que Cartes oficiara misas. Este medio se comunicó con una oficina de las religiosas, quienes se negaron a entregar detalles sobre las funciones actuales que ejercer el sacerdote en alguna de sus obras.
Las reglas internas de la Iglesia
La Iglesia en la actualidad no cuenta con ningún plan o programa específico que establezca qué hacer con los sacerdotes que siguen siendo curas y que están autorizados a ejercer el ministerio sacerdotal públicamente y que ya cumplieron sus condenas, como los casos de Orellana, Toro y Cartes.
La Cech explicó a PAUTA.cl que lo único que hay son algunas normas que están incluidas en el documento de las líneas guía “Cuidado y esperanza”, promulgadas en 2015, vía decreto, por cada obispo y, por lo tanto, son vinculantes.
En los puntos 95, 96 y 97 se cuenta cómo debe proceder un obispo con el autor del delito que permanece en estado clerical. Lo primero que se establece es que tiene que “decidir quién será la persona encargada del bienestar del clérigo y cómo podrá llevar en adelante una vida coherente con el ministerio”. Luego se agrega que el obispo debe “disponer de las medidas que fueren necesarias para no poner en riesgo a menores de edad” y que la “reasignación de funciones o el traslado no se consideran medidas suficientes para evitar el riesgo”. Finalmente, el documento añade: “La autoridad eclesiástica debe encomendar la supervisión de estas medidas a quien a su vez debe mantenerle informado”.
Como complemento a esto, la Cech cuenta además con el documento “Buenas Prácticas para Ambientes Sanos y Seguros en la Iglesia”. Este, a diferencia de la guía anterior, no es vinculante y sólo constituye un cúmulo de sugerencias que pueden ser aplicadas o desestimadas por los obispos.
En esta parte, sólo se agregan dos elementos nuevos respecto de los sacerdotes en una diócesis. La primera sugerencia es la pertinencia de hacer “una evaluación de su estado actual y de las condiciones de su eventual destinación”. Luego se detalla que “para las actividades futuras, la autoridad diocesana privilegia su destinación a labores que no impliquen supervisión o actividades directas con grupos de niños(as), jóvenes y adultos vulnerables y evitará destinos a lugares remotos o donde no se cuente con la posibilidad de realizar un seguimiento adecuado”.
La última sugerencia dice que para los sacerdotes a quienes se les impone una sanción de por vida; por ejemplo, la prohibición de ejercer el ministerio sacerdotal, el obispo debe “designar a una persona encargada del bienestar del cura sancionado y que monitoree “las condiciones del ejercicio de su ministerio y la supervisión del cumplimiento de las sanciones establecidas”.
Una fuente de la Cech comentó a PAUTA.cl que todo este modelo no siempre se aplica de forma estricta en cada diócesis. Además dijo que no existe ningún tipo de mecanismo que vigile su cumplimiento y que el único responsable es el obispo, quien debe actuar según su criterio y las líneas fijadas por la Cech. Esta situación se produce ya que al interior de la Conferencia Episcopal todos los obispos están en igual rango, no hay jerarquía ni superioridad de unos u otros, por lo que no se da la opción de que alguien vigile o fiscalice al resto. De hecho, la única autoridad que está por sobre los obispos es el Papa Francisco.
En las 11 congregaciones consultadas -Legionarios de Cristo, Compañía de Jesús, Salesianos, Orden Franciscana, Sagrada Familia, Claretianos, Verbo Divino, San Francisco de Sales, Mercedarios, Don Orione y Movimiento de Schoenstatt- la situación es distinta, ya que no están obligadas a seguir los lineamientos de la Cech.
En la Compañía de Jesús comentaron que no cuentan con un programa especial porque, hasta el momento, no han tenido la necesidad de contar con uno debido a que el único sacerdote del listado sigue cumpliendo su pena y ahora está siendo investigado otra vez y cuenta con medidas preventivas. Una situación similar viven los Salesianos, ya que los dos sacerdotes condenados fueron expulsados de la Congregación y perdieron su estado clerical, por lo que no se han enfrentado a la situación de realizar un trabajo de reinserción.
Los Legionarios de Cristo tiene la política de que cuando se comprueba “que hubo abuso sexual de un menor, el miembro agresor no podrá recibir ningún cargo o responsabilidad que le permita tener acceso a menores”. Ese religioso entonces “ejercerá algún tipo de ministerio sólo en la medida en que las disposiciones de la Conferencia Episcopal correspondiente y de las sanciones indicadas por la Congregación para la Doctrina de la Fe se lo permitan”. A pesar de que la congregación no cuenta con un programa de rehabilitación, sí tienen un proceso de acompañamiento. La agrupación explicó a este medio que “como congregación religiosa sus miembros viven en comunidad y los sacerdotes que han sido condenados se mantienen en esta comunidad viviendo en estado de oración y recogimiento”.
En el caso de los franciscanos, la congregación señaló que ante este tipo de situaciones la orden mantiene “el diálogo con las personas denunciantes”. Respecto de programas o políticas de reinserción, la congregación sólo detalló que “como provincia franciscana en Chile, hace años que hemos adherido al protocolo de la Conferre, de la Cech y elaborando nuestro propio protocolo”.
Desde los claretianos comentaron que Cartes “es el primer caso de un miembro de la congregación que ha sido condenado en Chile”. Por eso, “como su situación es especial, dado que está bajo la responsabilidad pastoral de la diócesis de Talca, la congregación ha mantenido diálogo con él y con el Obispo, colaborando cuando se consideró oportuno. Por ahora no hay un plan de reinserción hasta que se defina su situación canónica”.
La Congregación Misioneros del Verbo Divino aseguró que “en cuanto a políticas posteriores a la condena, considerando que cada situación es diferente, se puede ir desde la expulsión automática a tiempos de terapia y recuperación, a restricción de tareas, etcétera”. No se entregó más información al respecto.
La Congregación Don Orione dijo que sus protocolos “están en plena sintonía con los documentos de la Iglesia, tanto de la Santa Sede, de la Conferencia Episcopal de Chile, como también de la Conferencia de Religiosos de Chile”.
El Movimiento de Schoenstatt fue la congregación más clara para referirse al trabajo que realizan con los religiosos condenados por abusos. La Congregación comentó que “desde el punto de vista humano y de la caridad cristiana, se les acompaña espiritualmente y con apoyo sicológico para poder asumir la responsabilidad del daño causado, dilucidar las causas y buscar caminos terapéuticos para evitar que episodios como estos sucedan nuevamente”. Respecto de su reinserción como sacerdote, el movimiento estipula que se debe analizar caso a caso. En todo caso, un condenado por abuso de menores “queda inhabilitado de por vida para trabajar o tener contacto con menores o personas vulnerables. Por ejemplo, no podrán trabajar en colegios ni en pastoral juvenil”.
Antes estas mismas consultas, la Orden de los Mercedarios y las congregaciones Misioneros de la Sagrada Familia y Misioneros de San Francisco de Sales no contestaron la pregunta y no entregaron información sobre este punto.
La rehabilitación de ofensores sexuales
La complejidad de hacerse cargo de la rehabilitación de personas condenadas por abuso sexual no es algo que sólo le toque enfrentar a la Iglesia. En el mundo civil también significa un desafío grande.
En Chile el trabajo le corresponde al Departamento de Reinserción Social de Gendarmería y hasta la fecha el único plan que existe en este tema es el Programa para Agresores Sexuales (PAS) que se creó en 2014. El objetivo del PAS es “disminuir los factores de riesgo de reincidencia en población condenada por delitos sexuales”, tiene una duración de 50 sesiones de 90-120 minutos y dura aproximadamente 15 meses.
La intervención implica una evaluación inicial, sesiones grupales y cuatro módulos temáticos. La idea apunta a que la persona realice un reconocimiento del delito, cuente con herramientas para prevenir recaídas y le “permita volver a entablar relaciones personales sanas y un estilo de vida positivo”.
Estos programas son voluntarios y se basan en los modelos canadienses y españoles. El sicólogo y académico de la Universidad de Valparaíso Gonzalo Lira se ha dedicado a estudiar estos temas y asegura a PAUTA.cl que “en temáticas tan específicas como los delitos sexuales, no existe una política sólida respecto a la rehabilitación e inserción”.
Lira explica que los programas “se han desarrollo en modalidades de intervención ambulatoria en los sistemas de control del cumplimiento de la pena en libertad”. Esto, dice, ya que en las cárceles el trabajo con los internos se basa en las condiciones carcelarias, el cumplimiento de la pena y desarrollar incentivos para acceder a los beneficios penitenciarios. En sistemas cerrados, por el momento, sólo hay un piloto que está siendo evaluado.
El académico destaca la relevancia que tiene el PAS para quienes terminan sus condenas. Por eso considera necesario que la Iglesia cuente con programas similares que estén sistematizados e incorporados en cada diócesis. Así se podrían disminuir las probabilidades de que un agresor sexual reitere comportamientos agresivos, sobre todo en los grupos particulares de ofensores sexuales que tienen altas tasas de reincidencia. “El hecho de que este tipo de denuncias se oculten o se ocupen prácticas de traslado de parroquias o de territorio, impide que la persona que ha estado involucrada en este tipo de comportamiento tome conciencia del daño que ha generado y logre abordar una intervención específica. En la medida en que no hay una intervención, lo más probable es que este comportamiento se repita en el tiempo”, concluye Lira.
La trabajadora social y perito social María Cristina Forttes plantea que el trabajo que debiese hacer la Iglesia debe orientarse a que el condenado reconozca el delito cometido. “Lo primero es que asuma la completa responsabilidad de sus conductas. Lo segundo es que pase por algún tipo de intervención terapéutica en que trabaje su sexualidad y la motivación que ha tenido para interesarse sexualmente por alguien que no es adulto y que no está en condiciones de consentir”, dice Forttes.
La profesional señala que “alguien que no ha podido trabajar esta motivación sexual o afectiva no debiera volver a relacionarse con personas menores de edad”. Dada la gravedad de la crisis actual, Forttes dice que “es una señal equívoca reinsertar a un sacerdote sin haber pasado por una terapia a trabajar con una comunidad donde evidentemente siempre van a haber menores”.
Por eso recomienda que las diócesis realicen formalmente terapias que partan haciendo una “revisión terapéutica individual que analice su desarrollo sexual a través de la vida y lo que ha ocurrido desde el voto de castidad hasta sus deseos sexuales hacia menores de edad para luego pasar a una segunda etapa de intervención grupal”.
En la Cech están concientes de que aún hay mucho que mejorar sobre el tratamiento que dan los obispos a los sacerdotes condenados por abuso. Se comentó así en la última asamblea plenaria. Por eso, no descartan que más adelante puedan elaborar nuevas guías y documentos que se hagan cargo del trabajo de reinserción. Todo ese trabajo se está evaluando y monitoreando constantemente junto con el Consejo de Prevención de Abusos, que preside la canonista Ana María Celis.