La primera derrota judicial de Bermúdez ante la exsubcontralora Dorothy Pérez
La Corte de Apelaciones determinó que el contralor actuó de forma ilegal al desvincular a Pérez. El organismo recibió con “calma” la sentencia, dicen que era el escenario “más probable” y ya preparan la apelación ante la Corte Suprema.
El fallo de la Tercera Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago —integrada por los ministros Mauricio Silva, Carlos Gajardo y Elsa Barrientos— se evacuó a las 14:24 horas de este martes 16 de octubre. La noticia se divulgó rápidamente. En 21 páginas y por tres votos a favor y ninguno en contra, la sentencia le dio la razón a la exsubcontralora Dorothy Pérez y estableció que el contralor Jorge Bermúdez actuó de forma ilegal, arbitraria, fuera de sus atribuciones y competencias al solicitarle su renuncia y declarar vacante su cargo.
Así, el tribunal ordenó su reincorporación inmediata a la institución. “Se deja sin efecto la Resolución N° 21 de 22 de agosto de 2018 del Contralor General de la República, que declara la vacancia del cargo de Subcontralor General servido por doña Dorothy Pérez Gutiérrez a contar del día 23 de agosto, y se dispone como medida necesaria al restablecimiento del imperio del derecho, la reincorporación de la agraviada a su cargo de Subcontralor de la Contraloría a General de la República con los derechos subsecuentes, sin solución de continuidad, desde la fecha de su separación, para lo cual el señor Contralor debe dictar los actos que en derecho corresponda al debido cumplimiento de lo resuelto”, se lee en la página 19 del fallo.
En síntesis, de forma unánime los tres ministros de la Corte de Apelaciones confirmaron la tesis de Pérez y de su defensa, representada por los abogados Ciro Colombara y Aldo Díaz, quienes argumentaron que su defendida, junto con ser subcontralora, además era jueza de cuentas. De esa forma, se establece que su cargo es inamovible, tal como se estipula en el artículo 4 de la Ley Orgánica de la Contraloría.
En dicha norma, se plantea que “el Subcontralor gozará de las prerrogativas e inamovilidad que las leyes señalan para los miembros de los Tribunales Superiores de Justicia. La remoción del Contralor General y del Subcontralor corresponderá al Presidente de la República, previa resolución judicial tramitada en la forma establecida para los juicios de amovilidad que se siguen contra los Ministros de los Tribunales Superiores de Justicia y por las causales señaladas para los Ministros de la Corte Suprema”.
Este razonamiento quedó zanjado en la página 17, en donde los ministros sentenciaron que “lo cierto es que si en derecho lo que correspondía —porque así lo dice la ley, y porque no hay otra forma de entenderlo mediante una interpretación lógica y sistemática— era requerir en juicio de amovilidad”. Es en esta parte, según un abogado con alto conocimiento en esta materia, en donde radica el núcleo del asunto, ya que los jueces de la Corte de Apelaciones no transaron que se expulse a un juez de cuentas, que en la práctica entonces es considerado como un par, sin el procedimiento establecido para ello.
Junto con darle la razón a Pérez, los ministros desestimaron los argumentos entregados por Contraloría y por la defensa del organismo que asumió el Consejo de Defensa del Estado a través de su presidenta, María Eugenia Manaud. En los alegatos orales que se dieron en tribunales, Manaud argumentó que de recogerse esta visión, “esta señora pretende tener una situación privilegiada y única en todo el país”.
Y la respuesta vino en el mismo fallo: “Que, sobre las alegaciones del Consejo de Defensa del Estado y del informe, en el sentido que la recurrente pretende encontrarse en una situación de privilegio, en que ni siquiera se halla el Contralor General de la República, es un argumento de efecto ciertamente, que no modifica lo que se ha razonado en torno a la cuestión propuesta en el recurso”.
Por todo esto fue que el fallo se recibió como un duro golpe, momentáneo, contra Bermúdez. PAUTA contactó a Pérez para obtener un comentario sobre esta primera sentencia, pero la exsubcontralora no respondió a los llamados de este medio. Sin embargo, la defensa de la exfuncionaria sí se refirió a este primer triunfo. “Estamos muy conformes con este fallo, que es unánime, porque recoge nuestros planteamientos y restablece el Estado de derecho. Confiamos plenamente en los tribunales superiores de justicia”, aseguró el abogado Ciro Colombara.
Esta no es la primera vez que Colombara gana en primera instancia un recurso como este. Meses atrás representó al exdirector del Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH) Branislav Marelic. El consejero presentó un recurso de protección de características similares al de Pérez y Colombara obtuvo este mismo resultado: un fallo unánime a su favor en la Corte de Apelaciones. Sin embargo, cuando el INDH apeló a la Suprema, el éxito no fue el mismo, ya que el máximo tribunal falló en contra de Marelic y revirtió por completo el fallo de primera instancia.
El nuevo paso de la Contraloría
Bermúdez iba camino a Santiago, luego de exponer en la sede del Congreso en Valparaíso en la discusión de un proyecto de ley en la comisión de defensa, cuando se enteró del fallo. El contralor tomó la noticia con calma: había que leer en detalle el contenido del fallo.
Horas después, el organismo indicó que “la Contraloría General de la República no se referirá al contenido del fallo de la Corte de Apelaciones. Sin perjuicio de lo anterior, el equipo jurídico está estudiando en detalle la sentencia para colaborar con el Consejo de Defensa del Estado, quien apelará al fallo en los plazos que están establecidos en la ley”.
Desde Contraloría además trascendió que lo ocurrido era el escenario “más previsto”. Esto, comentó una fuente del organismo, ya que el recurso de protección iba a terminar bajo cualquier escenario en la Corte Suprema. Por eso le restaron dramatismo al fallo unánime de primera instancia, pues la verdadera pelea judicial se dará en la Suprema.
Además, le bajaron el perfil al hecho de que el tribunal fallara que Bermúdez, quien es el encargado de velar por la legalidad de los actos administrativos, realizara un acto “ilegal y arbitrario”, ya que eso es lo tradicional en recursos de protección de este tipo debido a que es el argumento más común para presentarlo.
Una dirigenta de la Contraloría aseguró a PAUTA que recibieron la sentencia “con mucha preocupación” y cree que la institución está en la situación “más compleja” que le ha tocado pasar en los últimos años. La misma funcionaria, quien dado lo difícil del asunto no quiso referirse públicamente al asunto, dijo que cualquiera sea el escenario final el único perjudicado “es la institución” y que esto hace rato dejó de ser una pelea judicial de Bermúdez versus Pérez.
Dentro de los próximos cinco días el CDE ingresará su apelación, la cual llegará directamente a la tercera sala contenciosa administrativa, o más conocida como sala constitucional, del máximo tribunal del país. Esta instancia está presidida por el supremo Sergio Muñoz y los ministros María Eugenia Sandoval, Carlos Aránguiz, Arturo Prado y Ángela Vivanco quienes podrían tardar entre uno y tres meses en dar su veredicto.
Mientras no se resuelva esta apelación, Pérez no puede exigir el cumplimiento del fallo de la Corte de Apelaciones en lo relativo a su reincorporación en el cargo ya que se entiende que la disputa aún no está resuelta. Por lo tanto, el ente contralor no verá modificado su funcionamiento y la actual subcontralora, María Soledad Frindt, seguirá ejerciendo sus funciones con normalidad.
Lo que resuelva la tercera sala será clave para el futuro de Bermúdez. Si los supremos revierten este fallo y dirimen a su favor, el capítulo Pérez se acaba para siempre. De lo contrario, en caso de que los magistrados reafirmen la sentencia de la Corte de Apelaciones, la permanencia de Bermúdez resultaría insostenible.