Por qué la CPC propone un 19% de impuesto a las plataformas digitales
El Gobierno incluyó en su reforma tributaria un impuesto de 10%. Aunque en Europa las tasas van del 3% al 5%, la CPC pide un 19%.
Al reanudarse la discusión de la reforma tributaria en la Comisión de Hacienda de la Cámara, uno de los principales expositores fue Alfonso Swett, presidente de la Confederación de la Producción y del Comercio (CPC). En su exposición, el presidente de la asociación gremial enumeró una serie de propuestas que a su juicio debe contener el proyecto de modernización tributaria, entre ellas, una rebaja del impuesto corporativo y un mayor tributo a las plataformas digitales del que propone el propio proyecto del Gobierno.
En PAUTA Bloomberg la abogada socia de Recabarren & Asociados y asesora de la CPC en esta propuesta, Soledad Recabarren, aborda los alcances de la propuesta, en especial respecto de los gravámenes a las plataformas digitales.
Importaciones
Recabarren hace una primera distinción entre las importaciones -compras a través de Amazon, Aliexpress u otros sitios internacionales- y productos y servicios de otra naturaleza. Los productos comprados en el extranjero y enviados a Chile pagan derechos aduaneros e IVA, explica la abogada, aunque puntualiza que hay un monto mínimo para que este tributo aplique.
“Correos tiene un convenio internacional en que la correspondencia hasta cierto monto está liberada de impuestos, y eso hace que muchas de las cosas que uno compra en el exterior, sobre todo a través de Aliexpress, de repente vengan con una indicación que están bajo los límites afectos a impuestos, y en consecuencia te llega todo esto gratis, en una situación de competencia no leal”, afirma.
Transporte
Respecto de las aplicaciones de transporte, como Uber o Cabify, Recabarren comenta que estas empresas tienen un grado de presencia en Chile y desarrollan una actividad en el país. “Seleccionan a los choferes, controlan remotamente el servicio que se presta y pagan”, puntualiza. “Cabify había tomado la estructura de tener un establecimiento permanente, y Uber estaba bajo el sistema de pago desde tarjeta de crédito que no estaba sujeto a ningún tipo de impuesto o retención”, diferencia Recabarren.
El Gobierno se inclinó por la opción de que este tipo de entidades tengan que tener establecimiento permanente, agrega la abogada, y “que en esos términos, ellos reconozcan sus ingresos efectivos, rebajen sus gastos y tributen, como cualquier empresa, sobre esta base”, plantea.
Arriendos
El servicio de arriendos a distancias, como Airbnb o Booking, es otra de las áreas que actualmente no están correctamente abordadas en materia tributaria.
“Tú puedes arrendar un departamento en Río o un departamento en Pucón”, dice, y agrega que hay que definir qué es lo que se quiere regular. “Por un lado tienes el servicio que te presta este intermediario, que debería estar sujeto a un impuesto de retención, si te vas por impuesto a la renta, o de IVA, si crees que esta es una comisión”, plantea Recabarren.
Tasas
“Este es un tema que está en discusión en todo el mundo”, afirma Soledad Recabarren. “La OCDE le ha dicho a todos los países que tienen que ir hacia un sistema transitorio hasta que a nivel internacional se llegue a un acuerdo que se diga ‘sabes qué, todos vamos a aplicar la misma regla’. En este sistema transitorio, los países europeos se han ido por una retención del 3%, 4%, 5%, y los países latinoamericanos se han ido por una tasa un poco más alta, y se han ido normalmente a las tasas de IVA”, comenta.
Sobre la propuesta del Gobierno, de gravar con un 10% este tipo de servicios, Recabarren afirma que se optó por una tasa intermedia, lo que explica el monto planteado. La Cámara de Comercio, agrega, considera que esto es competencia desleal y que las tasas deberían ir hacia el 19%, postura que la CPC apoya, aunque aclara que en último término esto es una decisión política.
Recabarren afirma que las estimaciones del proyecto, con el 10% de impuesto, establecían una recaudación anual de alrededor de US$ 250 millones anuales, lo que prácticamente se duplicaría en caso de elevar la tasa al 19%, todo según los cálculos del ministerio de Hacienda.
Al respecto, el exdirector del Servicio de Impuestos Internos (SII), Ricardo Escobar, afirmó que existe un problema evidente en el diseño de la iniciativa, dado que el nuevo tributo no queda incorporado en la Ley de la Renta.
El proyecto, señala la abogada, no diferencia entre el tipo de servicio que prestan las plataformas, lo que a su juicio produce una serie de injusticias. “Si yo a través de este sistema arriendo un departamento en Pucón y deposito las platas en este organismo internacional que me intermedia, a mí me van a retener el 19%. Pero si un suizo arrienda el mismo departamento en Pucón, a él le van a retener a lo mejor el 3%, y en Suiza”, ejemplifica Recabarren.
Vea el video de la conversación completa en PAUTA Bloomberg acá: