La deuda del sistema de donaciones con la educación técnico-profesional
En 17 años, los institutos profesionales han obtenido el 3,4% de todas las donaciones que reciben las instituciones de educación superior. Inacap lidera en la categoría.
El mecanismo legal para donar a las instituciones de educación superior tiene un claro protagonista. Se trata de las universidades. Se han erigido como los más exitosos a la hora de concentrar los aportes que realizan personas naturales y jurídicas.
Según los datos entregados por el Ministerio de Educación (Mineduc) a PAUTA, a través de una solicitud de transparencia que requirió todas las donaciones recibidas por instituciones de educación superior entre 2001 y 2017, las universidades concentran el 96,6% de los recursos entregados por este mecanismo.
El alto influjo recibido por las universidades contrasta naturalmente con la proporción que llega a los institutos profesionales, los que en 17 años sólo se han quedado con el 3,4% de las donaciones.
Al analizar a los cinco institutos profesionales que reciben más donaciones, destaca de inmediato el caso del Inacap, el que en estos 17 años ha recibido US$ 12,1 millones.
La poca cantidad de donaciones que reciben los IP han preocupado a los rectores de las instituciones. De hecho, reconocen que es una de las debilidades del sistema de donaciones que se arrastra desde el origen de la normativa que regula este mecanismo.
El rector del Duoc UC, Ricardo Paredes, asegura que estas cifras se explican porque “muchas instituciones técnico-profesionales tuvieron fines de lucro y eso es casi contradictorio con donaciones filantrópicas”. Agrega que también existe un “enorme desconocimiento del rol de algunas instituciones técnico-profesionales”.
Al análisis de Paredes hay que sumarle limitaciones que son propias de la ley. El artículo 69 de la Ley 18.681 sólo establece como donatarios a las universidades y los IP. Según un informe realizado en 2018 por el Departamento de Evaluación de Normas de la Cámara de Diputados, que investigó la implementación y los efectos de esta normativa, no existe “claridad respecto de las razones que desencadenaron la decisión” de excluir a instituciones como los Centros de Formación Técnica (CFT).
En ese mismo documento se desliza una posible explicación que calza con la visión del rector del Duoc UC: “Hay una razón que tiene que ver con el lucro. Si tuviera fines de lucro, que muchos lo tienen, no tiene ningún sentido y no puede tener beneficio tributario”.
Por todo esto, una de las sugerencias que se incluyen en el informe es analizar la pertinencia de incorporar a los Centros de Formación Técnica Estatales como beneficiario de la norma, cambio que se hace aún más urgente luego de que en 2016 se promulgara la ley que crea 15 CFT estatales.