Las fórmulas que estudia la Suprema por el caso Norín Catrimán
El pleno de la máxima corte decidió dejar en acuerdo la resolución, que busca zanjar la implementación de un fallo de la Corte Interamericana de DD.HH. en el país.
Fue una audiencia inédita la que realizó este lunes 22 de abril el Pleno de la Corte Suprema, en la que luego de escuchar al menos tres fórmulas jurídicas, los ministros deberán resolver si anulan o no por primera vez una sentencia -en este caso, la condena por delito terrorista en contra de ocho mapuches y una activista- que fue dictada en 2004 en Angol.
Este escenario se produce después de que la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) fallara y ordenara al Estado chileno dejar sin efecto la sentencia del llamado “caso Norín Catrimán y otros”, por estimar que los jueces vulneraron los derechos humanos y el debido proceso de los afectados.
Parte del fallo ya se cumplió: se indemnizó a los mapuches y además la Corte Suprema anuló los antecedentes penales de quienes fueron condenados, por lo que Segundo Aniceto Norín Catrimán, Pascual Huentequeo Pichún Paillalao, Víctor Manuel Ancalaf Llaupe, Florencio Jaime Marileo Saravia, Juan Patricio Marileo Saravia, Juan Ciriaco Millacheo Licán, José Benicio Huenchunao Mariñán y Patricia Roxana Troncoso Robles hoy figuran con irreprochable conducta anterior.
Los supremos escucharon los alegatos de los abogados de los mapuches, Miriam Reyes y Jaime Madariaga; de Sergio Fuenzalida, por el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (Cejil); de Claudio Fierro, por la Defensoría Penal Pública (DPP), y de Francisco Castro, por el Ministerio del Interior. Además, oyeron la argumentación del fiscal regional de la Fiscalía Centro Norte, Xavier Armenáriz, en representación del Ministerio Público.
Entre los planteamientos de las defensas como “remedio procesal” que hicieron a la Corte Suprema está la fórmula a la que llegaron los tribunales chilenos en octubre de 2017 con el caso del comunero Alex Lemún. En esta causa, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, organismo del que depende la CIDH, llegó a una solución amistosa que implicó que el Pleno dejara sin efecto una sentencia y pasara la causa de la justicia militar a la civil.
Armendáriz, en tanto, puso énfasis en que el Estado chileno está obligado a dar cumplimiento a la sentencia internacional -por haber suscrito a la CIDH- y recordó que, pese a esto, Chile no tiene una fórmula jurídica para hacerlo. Propuso tres mecanismos, entre ellos una acción de revisión o un recurso de amparo, aunque también señaló que no eran las vías indóneas.
A su vez, Castro, a nombre de Interior, que en 2004 fue querellante en el caso, no sólo hizo saber a los supremos que el Presidente de la República es la autoridad que debe recepcionar y ver qué hacer ante una sentencia internacional contra el Estado, sino también explicitó que un fallo que ya sido dictado por los tribunales internos no se puede anular materialmente, pues sería desconocer una resolución.
En cambio, Claudio Fierro agradeció la invitación de la Corte Suprema de llamar a debatir y buscar un mecanismo jurídico para dar cumplimiento a lo ordenado por la Corte Interamericana.
A los alegatos concurrieron los afectados por la sentencia y familiares de los loncos y comuneros. También fueron como oyentes abogados de la Cancillería y del Instututo de Derechos Humanos (INDH). Además expuso, pero no alegó, el abogado de la forestal Mininco -que fue querellante en el caso- Juan Ignacio Correa: no propuso fórmulas y señaló atenterse a lo que falle la Corte Suprema.
Finalmente, el Pleno decidió dejar en acuerdo su resolución. Y anunció que cuando tome una decisión, dará a conocer su veredicto, mientras que el fallo con los arguementos se hará público 20 días después de que comunique su determinación.