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Los gastos reservados se ponen a dieta

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Agencia Uno
POR Maria Catalina |

La iniciativa explicita que esos recursos podrán utilizarse solo para “garantizar el orden público, la seguridad interna y externa del país, la inteligencia y contrainteligencia”. Se aumentan los controles.

Tras un año de tramitación, este lunes 30 de diciembre la Cámara de Diputados aprobó por unanimidad y despachó a ley la iniciativa que define un nuevo marco regulatorio para la utilización de los denominados gastos reservados.

“Creo que se ha hecho un muy buen trabajo para lograr generar estos amplios consensos”, destacó tras la aprobación del proyecto el ministro de Defensa, Alberto Espina. Y agregó, en ese sentido, que se deben elevar los estándares para usar esos recursos, debido a que “a veces fueron mal usados […] Fueron usados de forma irregular”. 

Esta ley permite tomar las medidas “necesarias” para que existan “altos grados de honestidad y probidad” en el uso de los recursos públicos. Así, entre otras cosas, se define que se entenderá como “gastos reservados” aquellos egresos que se facultan realizar a algunas instituciones, para el cumplimiento de sus funciones, “siempre que sean relativas al orden público, a la seguridad interna y externa del país, a la inteligencia y contrainteligencia”. 

En el caso de la Presidencia, estos gastos comprenden aquellos que sean “inherentes a sus funciones y que por su naturaleza deban ser reservados y secretos”.

Según se establece en la normativa, las entidades que contarán con esta facultad serán la Presidencia de la República; los ministerios del Interior y Seguridad Pública, de Relaciones Exteriores y de Defensa Nacional; la Dirección Nacional de Fronteras y Límites del Estado; las Fuerzas Armadas; Carabineros de Chile; la Policía de Investigaciones de Chile, y la Agencia Nacional de Inteligencia (ANI). La Ley de Presupuestos del Sector Público fijará anualmente las sumas a que ascenderán los gastos reservados.

Teniendo presente que el proyecto contiene normas propias de ley orgánica constitucional, deberá ser enviado al Tribunal Constitucional para su control.

Aumento del control

Con el fin de garantizar la correcta utilización de los recursos, la iniciativa compromete un endurecimiento de los controles, tanto internos como externos.

En cuanto a los procedimientos que deberá realizar cada unidad, se detalla que los jefes de los respectivos servicios deberán informar por escrito, en carácter secreto y semestralmente la utilización de dichos recursos. El plazo para cumplir con este deber será dentro de los 60 días hábiles siguientes al vencimiento del semestre.

Los controles internos corresponden a los ministros de Defensa, respecto de las FF.AA.; del Interior, respecto de las policías y la ANI, y de Relaciones Exteriores, en relación con la Dirección de Fronteras y Límites. 

Respecto de los controles externos, la Contraloría deberá recibir la información de las unidades operativas que tendrán acceso a ellos. Además, la entidad recibirá cada año, en forma genérica y secreta, el destino de los gastos reservados, pudiendo el contralor observar si advierte inconsistencias o mal uso de estos.

Adicionalmente, quienes tengan acceso a gastos reservados, tendrán la obligación de hacer una declaración de patrimonio e intereses especial y reforzada, quedando la Contraloría facultada para solicitar a la Unidad de Análisis Financiero antecedentes para detectar cualquier desvío de estos recursos.