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Arturo Fermandois explica qué es un estado de excepción constitucional

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POR Cristián Rodríguez |

El abogado y profesor constitucionalista de la UC detalla cuáles son los derechos que se pueden ver limitados en este tipo de situaciones.

El abogado y profesor de Derecho Constitucional de la Universidad Católica, Arturo Fermandois, explicó los principales aspectos que considera el estado de excepción constitucional de catástrofe, que fue anunciado este miércoles 18 de marzo por el Presidente Sebastián Piñera, y que entrará en vigencia a las 00:00 del jueves 19 de este mes.

“El estado de catástrofe lo que hace es reconocer la realidad. Dice la Constitución que se puede declarar cuando hay una calamidad pública. Y faculta para que el Presidente de la República pueda establecer limitaciones. ¿A qué derechos? Al derecho de locomoción, de reunión, limitaciones al derecho de propiedad -ahí está por ejemplo, el cierre de tiendas-, algún grado de fijación de precios e incluso las requisiciones de bienes”, explicó el académico en el programa Un Día Perfecto de Radio PAUTA.

“Son facultades muy fuertes, que en un Estado de Derecho normal no se aceptan, pero que en un estado de excepción sí, por el tiempo limitado que permite la Constitución, que son 180 días y en ningún caso más de un año”, agregó.