El Gobierno reactiva el proyecto que impide la rebaja de condena a abusadores sexuales
La iniciativa fue presentada en octubre de 2019. Tras el crimen de Ámbar Cornejo, ahora se pidió discusión inmediata en el Congreso.
Tras el homicidio de Ámbar Cornejo, de 16 años, cuyo cadáver fue encontrado en Villa Alemana la semana pasada y cuyo crimen se le imputa a Hugo Bustamante -pareja de su madre-, el Gobierno puso discusión inmediata al proyecto de ley que impide la rebaja de condena a quienes hayan cometido delitos de abuso sexual en contra de niñas, niños y adolescentes menores de edad.
Bustamante fue formalizado la mañana del 10 de agosto por la fiscal Claudia Perivancich, quien le imputó cargos por violación con femicidio e inhumación ilegal, tras lo cual quedó en prisión preventiva.
Aparte de la conmoción que provocó el crimen de Ámbar, que Bustamante hubiese estado en libertad condicional desde 2016, otorgada por una comisión de cinco jueces de la Región de Valparaíso abrió un debate jurídico respecto de las razones por las que logró salir de la cárcel, pues consiguió la libertad pese a que estaba cumpliendo una condena de 27 años por otros dos homicidios cometidos en 2005: asesinó a su expareja y al hijo de ella, de nueve años.
En 2016 Bustamante salió en libertad pese a que no había cumplido la mitad de su pena: llevaba 11 años en la cárcel. Pero la ley que regía entonces lo permitía.
El proyecto de Justicia, en todo caso, se refiere a beneficios en la rebaja de penas, no a libertades condicionales.
El proyecto
La iniciativa fue presentada en octubre de 2019 por el Ministerio de Justicia. Sin embargo, no había tenido tramitación en el Congreso, razón por la que el Gobierno le dio discusión inmediata.
El ministro de Justicia, Hernán Larraín, explicó que las personas condenadas a penas privativas de libertad cuando cumplen ciertos requisitos, entre ellos buena conducta, haber asistido a clases o trabajar dentro de la cárcel, pueden pedir rebaja de su condena algunos meses antes de terminarla y así salir en libertad.
Este beneficio excluye a autores de delitos graves, como por ejemplo homicidios, parricidios y robos con intimidación. Lo que añade este proyecto es incluir en ese grupo también a quienes hayan cometido abusos sexuales en contra de menores de edad, para que tampoco “tengan este beneficio de rebajarle su condena”, señaló Larraín.
Los beneficios están regulados por la Ley 19.856, que crea un sistema de reinserción social de los condenados sobre la base de la observación de buena conducta, e implica la reducción de la pena a quienes cumplen condenas de más de un año de duración.
De acuerdo con el Ministerio de Justicia, “cuando cumplen estos requisitos, que son acreditados por una comisión especial, se les rebaja su condena en dos meses por cada año de cumplimiento, los que se aumentan a tres después de cumplir la mitad de la condena”.
Así, el proyecto modifica el literal e) del artículo 17 de la Ley 19.856. Y, de aprobrarse, implicará que no accederán a la rebaja de condena quienes hayan cometido delitos que están contemplados en el Código Penal: trato cruel, inhumano o degradante con violación o abuso sexual agravado, violación de persona mayor de 14 años, violación de persona menor de 14 años, estupro, abuso sexual agravado, abuso sexual de persona menor de 14 años y trata calificada de personas, en relación a la explotación sexual.