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Las preguntas y misterios en torno a la Convención Constitucional

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Agencia Uno
POR Ana María |

¿En qué consiste su reglamento? ¿Quién ocupará la Secretaría Técnica? ¿Cómo organizarán su trabajo? ¿Habrá cuórum de 2/3?

Una de las varias preguntas que rondan desde que ganó la opción Convención Constitucional (CC) en el Plebiscito del 25 de octubre -incluso entre expertos constitucionalistas- es cómo funcionará.

Si bien hay establecidas ciertas reglas, en las que trabajó la Mesa Técnica Constituyente de 14 abogados y politólogos tras el Acuerdo por la Paz y la Nueva Constitución que se suscribió el 15 de noviembre de 2019, hay una serie de aspectos relativos al procedimiento de trabajo y votación que quedará en manos de los 155 convencionales que sean electos el en votación popular el 11 de abril de abril de 2021.

De partida, el mismo número de miembros podría variar si hay novedades con los escaños reservados a pueblos originarios.

¿Dónde funcionarán?

Una de las primeras decisiones que deberán tomar los miembros de la Convención -la primera paritaria del mundo- cuando se junten por primera vez, será ratificar o modificar el lugar que el Presidente de la República les proponga.

Si bien el Presidente Sebastián Piñera anunciará que la sede en la que trabajarán para elaborar nueva Constitución será el Congreso Nacional, en Valparaíso, los convencionales podrían eventualmente proponer otro u otros. Por ejemplo, sesionar también en regiones. Pero es algo que deberán establecer en su reglamento.

Ese primer día, el rol del Presidente de la República será citar a la primera sesión a través de un decreto supremo. Y, luego de eso, los convencionales deben ponerse de acuerdo en cómo trabajarán. Para eso tienen que empezar a crear -y lo más rápido posible- un reglamento.

Decir “lo más rápido posible” no es casual. El plazo que tienen para funcionar en una nueva Carta Fundamental es de nueve meses, que es prorrogable por tres meses más si así lo deciden. Es decir, como máximo pueden demorar un año en su labor.

¿Qué implicará el reglamento?

Elaborar el reglamento que sellará su forma, organización y tipo de votaciones será una tarea clave en los convencionales constituyentes. Será su mecánica de operación y procedimiento para la toma de decisiones.

Con ese reglamento sellarán la línea de trabajo que seguirán en los próximos nueve meses. Por ejemplo, los 155 tendrán que decidir si trabajarán en comisiones por temas, capítulos o artículos de la nueva Constitución.

Algunas de las áreas temáticas clave de la Constitución, en las que probablemente se organizarán, son bases de la institucionalidad, derechos y garantías fundamentales, forma de gobierno y Estado, descentralización, pueblos indígenas, órganos autónomos constitucionales, Tribunal Constitucional, justicia electoral y Banco Central, entre otros.

También, este reglamento regulará qué días funcionarán, el grado de publicidad y transparencia de las sesiones, si tendrán ciudadanos invitados, si algunas conversaciones serán reservadas y así.

Para el reglamento, si hay algo que está claro y ya fue establecido para la Mesa técnica de expertas y expertos, es que para ser aprobado necesitarán un cuórum de 2/3. Y luego viene un punto importante: listo el reglamento, ya no lo pueden cambiar.

En paralelo, los convencionales tendrán una elección interna para escoger una presidencia y una vicepresidencia. ¿Quién ganará? En este caso opera el sistema de votación clásica: quienes obtengan la mayoría absoluta.

¿Cómo se elegirá la Secretaría Técnica?

La figura de la Secretaría Técnica quedó establecida por la Mesa Técnica de expertos y expertas. ¿Cómo se elegirá: llamado a concurso o escogido vía votación? ¿Tendrá apoyo de más funcionarios? ¿Habrá otras figuras que administren el trabajo? Todo esto será decisión de los 155.

En teoría, la Secretaría Técnica es un puesto similar al de secretario del Senado, cargo que hoy ocupa el exfiscal Raúl Guzmán. El trabajo implica ordenar la labor de los convencionales, asesorarlos y orientar la discusión.

Si los convencionales constituyentes siguen la línea inspirada en el Senado, quien ocupe este puesto será una especie de ministra o ministro de fe que vele por el buen funcionamiento del trabajo que realicen los 155. Y, dada la naturalza de las funciones de la CC, debiera ser un abogado constitucionalista.

Pero también puede ocurrir, explica a PAUTA la abogada Isabel Aninat, exintegrante de la Mesa Técnica, que el secretario técnico deba dar “armonía” tanto al trabajo de las comisiones o subscomisiones -si es que se organizan así- como a la redacción de la nueva Carta Fundamental.

De hecho, la manera en que se hará esa redacción es otro tema que está por definirse.

¿Cómo votarán los contenidos los 155?

En este punto hay una discusión no resuelta y distintos planeamientos.

Si bien el Reglamento de la CC debe ser aprobado por un cuórum de 2/3, la duda está en cómo será el proceso interno de trabajo.

De haber, por ejemplo, comisiones y subcomisiones que trabajen por áreas, capítulos o por artículos -todo eso está por verse-, la pregunta es cómo votarán sus decisiones respecto de los contenidos.

En entrevista con PAUTA el pasado 26 de octubre, el exintegrante de la Mesa Técnica Gabriel Osorio dijo que ni en el Acuerdo por la Paz de 2019 ni en la instancia de expertos y expertas en los que él participó hubo consenso en cómo será la votación de las normas específicas o generales del texto constitucional. “No hubo acuerdo sobre la necesidad de colocar este requisito de los 2/3 finales”, dijo Osorio. Argumentó que un tercio “siempre determinó lo que se podía aprobar y lo que no se podía aprobar” en las reformas constitucionales que se hicieron en los últimos 30 años.

Entonces, ¿quién decidirá? Según señaló en esa entrevista, “le toca a la Convención determinar cómo se votará cada norma de la Constitución”.

Abogados constitucionalistas consultados por PAUTA señalan que entre las opciones podría ocurrir que, por ejemplo, cada comisión de convencionales eventualmente vote sus decisiones -según se organicen en el reglamento- por mayoría simple, como lo hace el Congreso.

A su vez, los 155 deben determinan si votan por capítulos o por artículos.

Y, luego de eso, llevarán su votación al Pleno o la Sala, según decidan llamar a la instancia de decisión los 155 convencionales. Y, en ese momento, cada norma de la Constitución se podría votar por 2/3.

¿Cómo se informarán los convencionales constituyentes?

La Convención Constituyente, que en el Plebiscito obtuvo el 78,99% de los votos, implica que sea integrada por personas elegidas popularmente.

Para su trabajo, explica Isabel Aninat, podrán contar con “asignaciones”. Es decir, asesores externos especializados en áreas y temas, tal como hoy tienen tanto los diputados como los senadores.

Otro constitucionalista consultado agrega que este modelo de trabajo podría ser bastante similar al de los parlamentarios y recuerda que no es necesario ser abogado para legislar.

Lo que no sabe es cómo serán nombrados.

A su vez, debiera ser tarea también de quien ocupe el puesto de la Secretaría Técnica quien suministre información a los convencionales constituyentes.

Y otra instancia con la que de seguro contarán para obtener contenidos es la Biblioteca del Congreso Nacional