Cómo será la votación en dos días
El Congreso despachó a ley la iniciativa que permitirá que las próximas elecciones se realicen en dos días: sábado 10 y domingo 11 de abril.
Tras el apoyo de la Cámara de Diputados este jueves 11 de marzo, el Congreso despachó a ley la propuesta del Ejecutivo de que las próximas elecciones locales y de constituyentes se realicen en dos días: el sábado 10 y el domingo 11 de abril.
El informe de la Comisión Mixta recibió 119 votos a favor, 19 en contra y 7 abstenciones.
La elección será en dos días: 10 y 11 de abril. En la Cámara se aprobó por amplia mayoría con 119 votos y 19 en contra @Pauta_cl
— Gladys Piérola M. (@LalyPierola) March 11, 2021
¿Cómo se aplicará este cambio legal?
En primer lugar, el Consejo Directivo del Servicio Electoral deberá dictar las normas específicas para adecuar la ley. Este instructivo debe estar listo a más tardar el 21 de marzo.
En este documento se detallará, por ejemplo, los horarios preferentes para adultos mayores, personas con discapacidad y mujeres embarazadas. Esto significa una franja no exclusiva, pues los electores pueden ir cualquiera de las dos jornadas. Además, en el texto estará el procedimiento de cierre de jornada y sellado de urnas del día 10 de abril de 2021, así como el de reapertura de votación el día 11 de abril de 2021.
Según lo que fue aprobado en el Congreso, la custodia corresponderá al delegado de la Junta Electoral y al Servicio Electoral, quienes deberán coordinarse para estos efectos con el Ministerio del Interior y el Ministerio de Defensa “para el resguardo y la mantención del orden público y la custodia del lugar donde se guarden las urnas y los útiles electorales, lo que se realizará con el auxilio de las Fuerzas Armadas y Carabineros”.
Las urnas electorales serán selladas y reabiertas al día siguiente por los vocales de mesas, sin perjuicio de que podrán estar presentes los apoderados acreditados ante la mesa de votación.
Desde la noche del 10 de abril hasta la mañana del 11 de abril de 2021, las cajas con votos permanecerán en un lugar de custodia con sellos especiales, de acuerdo a las normas que dicte el Servicio Electoral. Esto sería en una sala específica, quizás dos si el local de votación es muy grande. Ese lugar permanecerá, además, cerrado de puertas y ventanas con sellos especiales. El contingente militar y policial lo resguardará por fuera.
Los apoderados generales que determinen las listas o los pactos podrán permanecer durante la noche del 10 de abril y la mañana del 11 de abril en los locales de votación. En ningún caso podrán entrar al lugar en que se guarden las urnas y las útiles electorales. Pero sí podran dormir afuera de la sala designada.
Además, para compromenter el orden y la seguridad de esta medida, el delegado de la Junta Electoral o la persona que éste designe mantendrá un registro de quienes se encuentren en el lugar de votación durante la noche del sábado 10 y la mañana del domingo 11.
Los vocales de mesa
Las personas que sean designadas como vocales de mesas deberán desempeñar estas funciones los días 10 y 11 de abril. Ellos tendrán que constituir las mesas el viernes 9 en la tarde.
En cuanto al pago, los vocales que asistan sábado y domingo recibirán un bono de $60 mil por el fin de semana. En caso de asistir solo una jornada recibirán lo que hoy estipula la norma, equivalente a dos tercios de UF (un poco más de $19 mil). Pero si una persona es asignada el mismo día de votación, porque su mesa no estaba constituida a la hora de votar, se le paga distinto. Ese voluntario que se queda de vocal recibirá un bono de $30 mil.
El texto que salió del Congreso, además, ajustó el pago que recibirá la persona que sea designada como delegado de la junta electoral, quien recibirá un bono de 6UF, un poco más de $176 mil.