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Quiénes pueden votar, qué llevar y otras respuestas sobre las elecciones

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POR Benjamín San |

El 15 y 16 de mayo comienza un largo proceso eleccionario que ha sido modificado a causa de la pandemia del covid. No podrán votar contactos estrechos ni casos activos.

Las medidas sanitarias impuestas por las autoridades debido a la expansión del covid-19 en Chile no permitieron realizar las elecciones programadas para el 11 de abril, por lo cual fueron reprogramadas para el 15 y 16 de mayo. Sin embargo, este cambio también conlleva un reajuste en el amplio calendario de elecciones que se viene para Chile, y por esto en PAUTA, respondemos a las dudas más frecuentes en torno a las elecciones que se avecinan.

¿Cuáles son los cambios en el calendario electoral?

Si bien están programadas las elecciones de convencionales constituyentes, gobernadores regionales, alcaldes y concejales para el sábado 15 y domingo 16 de mayo de 2021, hay otras fechas que se modificaron para el presente año:

  • 13 de junio: segunda vuelta de gobernadores regionales.
  • 18 de julio: primarias presidenciales y primarias parlamentarias.
  • 21 de noviembre: presidenciales y parlamentarias.

En cuanto al periodo de campaña electoral, este se extiende desde el día 29 de abril hasta el jueves 13 de mayo de 2021.

¿Quiénes pueden votar?

Para estas elecciones podrán votar los ciudadanos mayores de 18 años que estén habilitados para sufragar según el padrón electoral definitivo que publicó el Servel el 10 de febrero de 2021. Esta información se puede verificar en la plataforma web del Servel con el RUN, al igual que el lugar de votación, la mesa correspondiente y si la persona está o no designado como vocal de mesa.

En el caso de los chilenos que viven en el extranjero, estos no podrán participar en las elecciones del 15 y 16 de mayo, ya que el artículo 13 de la Constitución Política señala que los ciudadanos con derecho a sufragio solo podrán participar desde el extranjero en las elecciones primarias presidenciales, en las elecciones de Presidente de la República y en los plebiscitos nacionales.

¿Puedo votar si tengo covid?

Cabe recordar que quienes se encuentren contagiados por covid-19 o sean contactos estrechos de un poseedor del virus, no podrán votar ya que deberán guardar cuarentena y aislamiento obligatorio de acuerdo con lo establecido por la autoridad sanitaria.

¿Qué necesito llevar al centro de votación?

Al igual que en la votación constituyente que se realizó en 2020, solo se deberá asistir con su cédula de identidad o pasaporte (se aceptan cédulas de identidad o pasaportes que hayan vencido a contar del 01 de octubre de 2019), lápiz de pasta color azul y su mascarilla. No será necesario tener un permiso de desplazamiento.

Al momento de votar, el elector deberá mostrar su cédula de identidad, la cual no debe ser manipulada por el vocal de mesa, y quitarse la mascarilla por no más de tres segundos para identificar a la persona. Una vez emitidos sus votos, el elector deberá mostrarlos doblados y sellados a la mesa para que el presidente de esta revise que los números de serie correspondan a las cédulas entregadas.

¿Y para electores de pueblos originarios?

Si el ciudadano desea votar por un convencional constituyente de pueblos originarios, deberá acreditar su calidad de indígena mediante un certificado CONADI o haber declarado ser elector perteneciente a pueblos originarios en el formulario de autoidentificación del Servel que estuvo disponible hasta el 25 de febrero de 2021.

En cuanto al horario, todas las mesas funcionarán desde las 08:00 a las 18:00 horas. No obstante, la mesa no puede declarar el cierre de la votación en caso de existir personas esperando en la fila.

Información importante para los vocales de mesa

La nómina de vocales de mesa que fue publicada para las elecciones de abril que fueron reprogramadas, sigue vigente para las elecciones del 15 y 16 de mayo de 2021. Las personas designadas deben asistir los dos días y el Servel estará a cargo de entregarles un kit de elementos de protección personal.

Cuando termine el horario de votación del primer día, se deberá sellar las urnas sin realizar conteo de votos y estas quedarán bajo la custodia de las Fuerzas Armadas. Solo al finalizar la segunda jornada de votación los vocales de mesa podrán iniciar el conteo de votos con las medidas sanitarias correspondientes.

El pago para los vocales de mesa será de $60 mil para quienes asistan los dos días, si una persona solo cumple uno de los dos días, recibirá una remuneración de 2/3 de una UF. Asimismo, el ciudadano que sea designada como reemplazante ante la falta de personas para constituir una mesa, recibirá $30 mil por el día en que desempeñe esta función.

Las personas que no concurran a desempeñar sus funciones serán sancionadas con una multa que va desde 2 a 8 U.T.M. (entre 100 mil pesos y 400 mil pesos), según el artículo 151 de la Ley Nº 18.700.