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Jorge Barrera y eventual candidatura de ME-O: “Lo más probable es que esto termine en el Tricel”

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Agencia Uno
POR Ana María |

El abogado especialista en justicia electoral analiza el versus que se dio entre el TC y el Servel, luego que el organismo señaló que, pese al fallo, no puede incluir al asesor de ME-O, Cristián Warner, entre las personas habilitadas para votar en noviembre.

Aunque el Tribunal Constitucional (TC) ofició al Servel para que incluyera en los registros de quienes están habilitados para votar en las próximas elecciones al exasesor de Marco Enríquez-Ominami (ME-O), Cristián Warner, pese a estar acusado en el Caso OAS, el organismo electoral respondió que no puede hacerlo. ¿La razón? El plazo para hacer las modificaciones al padrón de noviembre ya está zanjado y solo una resolución de la justicia electoral podría cambiar el curso de las cosas.

Pese a la respuesta del Servel, la decisión del TC abrió expectativas al fundador del PRO, pues tal como Warner también recurrió al Tribunal Constitucional para recuperar sus derechos ciudadanos e inscribir una eventual candidatura, independiente del juicio en el Caso OAS donde tiene la calidad de acusado, pero aún no hay condena.

El tiempo juega en contra. El lunes 23 vence el plazo para cualquier aventura electoral que quiera emprender ME-O y oficialmente el TC aún no ha entregado el veredicto sobre su requerimiento, pero se sabe que los ministros acogieron en forma unánime una medida cautelar a su favor. Ello implica también una comunicación al Servicio Electoral -en los mismos términos que la de Warner- señalando que mientras no se resuelva el fondo de su requerimiento, no puede ser excluido.

De hecho, el propio ME-O celebró la medida. “Hoy es un buen día para el Estado de Derecho. Es un buen día para la democracia”, dijo el líder del PRO, quien agradeció al TC por restituir el “principio de inocencia” y con ello recuperar su derecho a votar y ser elegido. “Han sido años muy duros, de muchos insultos que hoy se reparan”, agregó ME-O. 

Sin embargo, la alegría del excandidato presidencial choca con la clara señal que ha dado el Servel y por eso, para Jorge Barrera, abogado constitucionalista y especialista en justicia electoral, la situación está lejos de estar zanjada. Al contrario, estima que lo más probable que, una vez que esté la resolución de ME-O, la causa llegará al Tricel.

“En mi opinión, y más allá de lo que en definitiva resuelva el Servel, lo más probable es que esto termine en el Tricel, ya sea porque el Servel rechazará una eventual candidatura de ME-O y este último tendrá que impugnar esa decisión, o ya sea porque el Servel acepta una eventual candidatura y un tercero (candidato o partido político) impugna la resolución del Servel. De judicializarse el asunto, lo más probable es que además vuelva a entrar en juego el TC dependiendo cuáles sean las normas legales o constitucionales invocadas en los procedimientos que pudieran seguirse ante la justicia electoral”, dice a PAUTA el también profesor de derecho de las Universidades de Chile y San Sebastián.

– ¿Puede el Servel negarse a acatar una decisión del TC?

“Lamentablemente, el TC no cuenta con facultad de imperio para hacer exigible sus sentencias en procedimientos de inaplicabilidad más allá de ordenar que el precepto legal impugnado no se aplique en el Juzgado de Garantía, que es el procedimiento iniciado por ME-O y su exasesor. Sin perjuicio de esto, la Ley Orgánica (LOC) del Tribunal permite que el TC decrete las medidas que estime del caso tendientes a la más adecuada sustanciación y resolución del asunto. Como aún no hay fallo, dicha norma podría entenderse perfectamente aplicable, por lo que sí resultaría cuestionable el actuar del Servel en este caso. Sin embargo, dictada la sentencia, esta solo se aplica al juicio pendiente ante el Juzgado de Garantía”.

 – ¿Por qué?

“Porque el efecto de la sentencia de inaplicabilidad existe respecto de los tribunales y la causa que están tramitando, por lo que cuesta entender que lo tenga respecto de órganos de la administración como el Servel. Esto, sin perjuicio de lo que ocurre mientras que el proceso ante el TC se encuentra aún en tramitación, pues ahí la LOC sí permite decretar medidas como las que ha ordenado al Servel”.

Jorge Barrera, abogado constitucionalista.

Y profundiza: “El procedimiento de inaplicabilidad tiene dos herramientas clave. Una de forma y otra de fondo. La de forma consiste generalmente en suspender el procedimiento ante el cual se está aplicando la norma legal impugnada. Para requerir ante el TC debe existir un juicio o gestión pendiente ante un tribunal ordinario o especial, y lo que solicitas es que la aplicación en concreto de una norma de jerarquía legal (una ley y no un reglamento o resolución) que produce efectos inconstitucionales en el caso concreto, se deje de aplicar. Como esa norma legal es decisiva para la resolución del otro juicio, el TC suspende el procedimiento llevado a cabo ante ese otro tribunal”.

En tanto, respecto del fondo, explica que en el caso de Warner “el TC en su fallo lo que hace es declarar inaplicable la norma, esto es, que el tribunal que conoce el otro juicio pendiente (el Octavo Juzgado de Garantía, donde se va la causa OAS), debe abstenerse de usar esa disposición legal como si ella no existiese en la legislación. Ninguna de las dos herramientas tiene efectos sobre Órganos administrativos como el Servel, solo respecto de tribunales y ante juicios pendientes. Pero el dato clave es que la sentencia aún no ha sido dictada por el TC, por lo que éste si pudiese dictar medidas adicionales mientras el fallo no sea entregado”.

¿Hay desacato?

-El Servel no está cumpliendo lo que le dice el TC ¿quién manda a quién?

“Nada obsta a que el TC estime que estamos frente a un eventual ‘desacato’ por parte del Servel. Esto consiste en el incumplimiento de lo ordenado por un tribunal, y tiene una sanción penal de presidio de acuerdo con el artículo 240 del Código de Procedimiento Civil”.

– ¿Cuáles es el escenario si el Servel rechaza la eventual inscripción de una candidatura de ME-O?

“Si la rechaza, ME-O puede impugnar ese rechazo ante el Tricel también. Pero, sin perjuicio de esto, la Ley Orgánica del Tribunal permite que el TC decrete ‘las medidas que estime del caso tendientes a la más adecuada sustanciación y resolución del asunto de que conozca’. Pero como aún no hay fallo, dicha norma podría entenderse perfectamente aplicable”.

– ¿Puede abrir este fallo del TC una puerta para que otras personas imputadas pidan lo mismo? Por ejemplo, derecho a voto, como lo hizo Warner.

“En mi opinión es complejo, pues no alcanzan, debido a lo acotado de los plazos de impugnación”.