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Las otras normas que impactan en el cuórum de 2/3 aprobado por la Convención

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Agencia Uno
POR Paul Follert |

El Pleno terminó de votar el Reglamento que va a regir el trabajo de los constituyentes, zanjó la discusión de los dos tercios y abrió la posibilidad de un plebiscito dirimente.

Las dificultades de la votación telemática obligaron a los convencionales a extender la deliberación por más de tres días, dejando en suspenso la ratificación del cuórum de dos tercios para la aprobación de normas constitucionales. 

Los convencionales de Chile Digno, Pueblo Constituyente, Movimientos Sociales y escaños reservados
intentaron bajar el cuórum de dos tercios a tres quintos, pero la indicación se rechazó con 63 votos a favor, 90 en contra y una abstención. La propuesta no logró convencer a la derecha y centroizquierda de la Convención, quienes ya tenían los votos suficientes para apoyar los dos tercios.

Ese momento llegó cuando se votó el artículo 94°, el cual fue aprobado por 96 votos a favor, 54 en contra y una abstención. La decisión acordada el pasado 14 de septiembre, para aprobar los reglamentos de la Convención por mayoría simple, permitió la ratificación del cuórum de dos tercios para la aprobación de normas constitucionales, ya que este artículo fue aprobado por un poco más de tres quintos de los convencionales. En otras palabras, la norma que establece el cuórum de dos tercios no alcanzó a conseguir la aprobación de dos tercios de los convencionales.

“No nos vamos a amurrar, no nos vamos a amargar”. Esas fueron las palabras con las que se refirió Marcos Barraza (PC) a la ratificación de los dos tercios. Desde la izquierda no hablaban de una derrota, más bien fue un triunfo. La votación les dejó dos lecturas: quienes aprobaron los dos tercios celebraron el que se ratificara lo establecido en la Constitución; quienes se opusieron valoraron que fuera la Convención la que decidió su propio cuórum para aprobar normas constitucionales.

Pero en medio de las reacciones que provocó el cierre del capítulo de los dos tercios, se siguieron votando normas que de alguna manera se relacionaban con el cuórum de dos tercios, una de ellas, la posibilidad de insistir en ingresar una norma que ya ha sido rechazada.

La norma que permite sellar los dos tercios

Tras concretar la votación sobre la aprobación de normas constitucionales, los convencionales procedieron a definir los pasos a seguir cuando una norma se rechaza. En ese sentido, se aprobó que en caso de que una propuesta “no alcance el cuórum necesario para su aprobación, pero fuere votada favorablemente por la mayoría de los convencionales presentes”, deberá volver a la comisión temática que propuso dicha norma, para que puedan ingresarle indicaciones.

La misma comisión podrá reingresar la nueva norma al Pleno para que este pueda votar por segunda vez sobre su aprobación o rechazo. En caso de que ocurra lo segundo, será definitivamente rechazada, a menos que cumpla “los requisitos establecidos en el reglamento específico correspondiente para ser sometidas a plebiscito dirimente”. 

Esto no significa necesariamente que ya se aprobó el plebiscito dirimente, sino que se abrió la posibilidad de que existan, pero esa discusión se dará cuando se vote la propuesta de la Comisión de Participación Popular, la cual contiene normas referidas al plebiscito dirimente. “No tenemos la facultad para definir la existencia de esos plebiscitos, es una materia que deberá definir en su momento el Congreso, por lo tanto nos parece inadecuada la forma en que fueron aprobados”, dijo Rodrigo Álvarez (UDI).

Una vez aprobados los cuórums de votación, quedaba solo una opción para la izquierda más radical de la Convención para abrir la posibilidad de cambiar esos cuórums. Para ello, ingresaron una indicación al artículo que establecía los mecanismos para modificar el Reglamento recién aprobado. Chile Digno, Pueblo Constituyente, Movimientos Sociales Constituyentes y escaños reservados propusieron que la mayoría de los convencionales pueda aprobar una modificación a las normas establecidas en el Reglamento, cuando un tercio de los integrantes de la Convención hubiese pedido una determinada modificación. Sin embargo, la propuesta fue rechazada por 91 votos en contra y 61 votos a favor. 

Finalmente, el Pleno aprobó una indicación propuesta por la centroizquierda que establece un cuórum de dos tercios para modificar los artículos referidos a la aprobación y rechazo de normas constitucionales, y al propio artículo referido a la modificación del Reglamento. Para el resto de las normas, un tercio de los convencionales podrá pedir modificaciones que deberán ser aprobadas por la mayoría del Pleno.