Plan Paso a Paso: qué se puede hacer en Restricción
La fase 1 del nuevo Plan Paso a Paso del Minsal ya no contempla restricciones de desplazamiento, pero sí tiene restricciones en los aforos y en el tránsito. Aquellas personas vacunadas y con su Pase de Movilidad disponible tendrán mayores libertades.
El Gobierno anunció el pasado lunes de 27 septiembre, y debido a que terminó la vigencia del Estado de Excepción Constitucional, un nuevo Plan Paso a Paso con vigencia desde el viernes 1 de octubre a las 5:00 de la mañana. A pesar de que ya no existan restricciones de movilidad, sí existirán regulaciones de aforo y a condiciones de las actividades.
La fase 1 llamada Restricción -antes Cuarentena- continúa siendo la etapa con más limitaciones de todo el plan del Ministerio de Salud (Minsal): tanto el funcionamiento de establecimientos, como los aforos, se encuentran restringidos; no así la movilidad dentro de la comuna.
También hay cambios para las fases 2 (Transición), 3 (Preparación) y 4 (Apertura Inicial) y una nueva fase llamada Apertura Avanzada.
Qué está permitido en Restricción
Desplazamiento
-Con Pase de Movilidad, que otorga aún más libertades:
- Mayor aforo en espacios cerrados y abiertos. Desde el 1 de noviembre, este documento se le pedirá también, a los mayores de 12 años, y las restrcciones continuarán en algunos medios de transporte, como buses interurbanos y aviones.
-Sin Pase de Movilidad:
- Se podrá realizar todo tipo de desplazamiento y actividad, pero con aforos más o menos restrictivos, dependiendo de las características y condiciones del lugar -tamaño, si es un espacio abierto o cerrado, entre otras-.
- Se podrán realizar actividades al aire libre en cualquier horario. De lunes a viernes.
- Se permite el desplazamiento de alumnos de educación parvularia y escolar, solo con fines educacionales.
Educación
– La apertura de escuelas solo será posible si se cuenta con los protocolos sanitarios. Si el establecimiento tiene la autorización del Mineduc podrá funcionar de lunes a viernes. El recinto, puede estar abierto en fase de Restricción. La asistencia a clases presenciales es voluntaria.
– Para las instituciones de educación superior, sí están permitidas las clases presenciales.
Aforos
– Las reuniones en casas particulares están permitidas, siendo el límite un máximo de 5 personas.
– Para el comercio con atención presencial al público (ya sean lugares abiertos o cerrados), solo podrán atender locales, con aforo total que cumpla con la regla de una persona por cada 12 metros cuadrados de superficie útil. Mínimo un cliente.
– Atención en restaurantes y fuentes de soda, sólo en espacios abiertos y asistentes que cuenten con su pase de movilidad. El aforo que debe cumplirse es de 2 metros entre bordes de las mesas y máximo dos personas por mesa.
– Actividades sin interacción entre asistentes están permitidas. Pero deben cumplir ciertos requisitos:
- Ubicación fija entre los asistentes
- Uso de mascarilla
- Un metro por silla o butaca
- No se pueden ingerir alimentos durante la actividad
Actividades sin interacción entre asistentes si es que el recinto tiene infraestructura previa con butacas o bancas fijas:
- Lugar abierto: 20% del aforo total definido. Máximo 50 personas con pase de movilidad.
- Lugar cerrado: Prohibidos, solo exceptuando funerales y cultos religiosos. Además, no podrán ingerir alimentos dentro. Si hay un asistente sin pase de movilidad, el aforo se reduce a la mitad.
Actividades sin interacción entre asistentes si es que el recinto no tiene infraestructura previa con butacas o bancas fijas:
- Lugar abierto: 25 personas o 50 si todos poseen pase de movilidad.
- Lugar cerrado: Prohibidos, solo exceptuando funerales y cultos religiosos. Además, no podrán ingerir alimentos dentro.
– En el caso de las actividades con interacción entre asistentes como reuniones sociales, fiestas de matrimonio o ferias laborales. Cumplir aforo de una persona cada 10 metros cuadrados, sólo en espacios abiertos, con un tope de diez personas con pase de movilidad. Prohibidas en residencias particulares.
Áreas silvestres protegidas y parques urbanos
Está permitido asistir todos los días cumpliendo con los siguientes requisitos:
– Un metro de distancia entre personas.
Actividades presenciales en Clubes de Adulto Mayor y Centros día
Están prohibidas.
Actividad física y deporte
En espacios públicos abiertos o recintos deportivos, el deporte grupal debe ser de un máximo de 5 personas. En el caso de los gimnasios, sólo en espacios abiertos, y los asistentes deben contar con pase de movilidad. Deben haber 2 metros entre las máquinas.