¿Podrán proponer normas constitucionales?: la participación de los niños y adolescentes en la Convención
Cabildos, asambleas y visitas de los convencionales a los centros de Mejor Niñez son parte de los mecanismos propuestos para asegurar la incidencia de los NNA en el proceso constituyente.
¿Un adolescente podría presentar su propia propuesta de norma para la redacción de la nueva Constitución? Eso es parte de lo que se estuvo votando durante esta semana en el Pleno de la Convención Constitucional y la respuesta es, en teoría, sí.
Aquello se concluyó en el Reglamento de Participación Popular, que contempla los mecanismos de participación para los ciudadanos y para “los grupos históricamente excluidos”, entre los que se encuentran los niños, niñas y adolescentes (NNA).
Un ejemplo de esto es que una niña y un niño -Taiz y Franco- llegaron hasta la sede del Congreso en Santiago este miércoles para participar de la firma de un convenio con la Defensoría de la Niñez y entregar una carta donde contaron sus sueños para la nueva Constitución: uno de ellos, que “no anden niños vulnerados en la calle”, según contó Elisa Loncon.
“Es necesario integrarlos de manera efectiva a través de los mecanismos que elaboramos. Este impulso a su participación va a entregar otro tipo de legitimidad, que no tiene que ver solo con la lógica ciudadana, sino con aquellas personas que, como los NNA, deliberan, participan y fueron partícipes de los procesos de cambio en el último tiempo”, explica a este medio el constituyente Bastián Labbé (Movimientos Sociales Constituyentes).
Durante la tramitación del reglamento, los convencionales discutieron sobre si la participación de estos grupos sería “incidente”, de modo que se incluyan dentro de la deliberación; o “vinculante”, que implicaría que la Convención tenga una obligación al respecto. Triunfó el primer concepto, pues el único mecanismo vinculante que contemplan las normas que regularán el proceso es el “plebiscito intermedio dirimente”, que requiere una reforma constitucional para llevarse adelante.
En este, no obstante, no podrían participar los NNA salvo que se haga otra reforma, pues como son menores de edad no son considerados ciudadanos por la legislación vigente y no podrían votar.
¿Cómo participarán?
Los niños, niñas y adolescentes marcaron la pauta en buena parte de las normas reglamentarias aprobadas por la Convención en los últimos días. Incluso, antes de la votación de los reglamentos, el constituyente César Valenzuela (Colectivo Socialista) invitó a grupos de escolares del Distrito 9 al Palacio Pereira, donde simularon una sesión del Pleno y una elección de coordinadores.
Hasta ahora hay un principio del Reglamento de Participación Popular que establece que debe regir el “enfoque de niñez y adolescencia”. Este reconoce a NNA como sujetos de derechos, actores relevantes dentro del proceso constituyente y consagra que se debe respetar su derecho a la información, tal y como lo establece la Convención de los Derechos del Niño, que Chile ratificó en 1990.
En ese sentido, la Convención tendrá que elaborar un informe sobre las actividades y los resultados del proceso en una versión “didáctica con información accesible, amigable y pertinente”, destinada a los NNA. Este punto contempla que la plataforma digital de Participación Popular debe tener una interfaz accesible e intuitiva, con acceso diferenciado para los menores de edad.
Además, las comisiones y subcomisiones tendrán que abrir un plazo para recibir la participación popular sobre los asuntos que les correspondan y en esto se debe incluir la de niños, niñas y adolescentes.
Los mecanismos de participación propuestos para ellos incluyen cabildos, foros y asambleas locales, que pueden contar con la presencia de convencionales; audiencias públicas exclusivas para NNA; instancias de votación y consultas, y visitas por parte de constituyentes a los centros de Mejor Niñez (ex Sename).
La metodología para todo esto deberá ser diseñada por la Secretaría Técnica de Participación Popular, que aún no existe.
¿Podrían ingresar sus propias normas?
La participación de NNA no es nueva en Chile, pero no había ocurrido hasta el momento en un evento de tal magnitud como el proceso constituyente. Por ejemplo, en 2015 se llevó a cabo una iniciativa llamada “Yo opino, es mi derecho: niñas, niños y adolescentes construimos el país que soñamos”. Aquello se trabajó en jornadas completas en distintos establecimientos educacionales y la idea era que las conclusiones fueran aportes para la construcción de la Política Nacional de Niñez y Adolescencia y una Ley de Garantías de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.
Esa metodología es la que recuerda el constituyente Javier Fuchsloyer (INN), profesor y excoordinador de la comisión provisoria de Participación Popular.
“Esa misma metodología perfectamente se podría aplicar en este proceso y potenciar la participación de ellos en los diferentes niveles, partiendo con preescolares, que reflejen cómo es el Chile que queremos, hasta llegar a reflexiones más profundas que puedan darse en enseñanza media. Es bueno compilar, tomar todo este abanico de opiniones y considerarlas dentro del proceso”, dice Fuchsloyer.
Pero hay algo más. Uno de los artículos aprobados en el Reglamento General, incluso, especifica que las iniciativas populares constituyentes podrán provenir de “la sociedad civil, pueblos originarios, pueblo tribal afrodescendiente, y los niños, niñas y adolescentes”. Esto implica que esos grupos puedan presentar sus propias ideas de norma constitucional -con el apoyo de 15.000 patrocinantes- para que sean discutidas en las comisiones temáticas correspondientes.
De hecho, en el debate también se aprobó una indicación que establece que las iniciativas populares podrían ser apoyadas por mayores de 16 años, aunque eso podría requerir una reforma legal dependiendo de cómo sea diseñado por la Secretaría Técnica de Participación Popular.
La constituyente Amaya Alvez (RD) fue la que defendió la incorporación de ese grupo a la iniciativa. Argumentó que “puedan ser presentadas no solo por convencionales constituyentes y la sociedad civil, sino también por nuestros niños, niñas y adolescentes. Estas iniciativas reconocen que el ejercicio del derecho de participación convierte a niños y niñas en agentes sociales, sujetos de derechos y, por lo tanto, en partícipes del proceso constitucional”.
“Hoy las referencias son genéricas a NNA como titulares de derechos políticos”, explica Alvez.
Sin embargo, este punto tiene algunos nudos. Hay dudas sobre lo plausible que podría ser que en efecto un niño muy menor pudiera hacer uso de ese mecanismo. En INN, por ejemplo, apuntan a que puedan ser las organizaciones que trabajan en temas de infancia las que ingresen ese tipo de normas.
“No se puede excluir que dentro de los procesos de diálogos previos a la elaboración de la norma que se quiera presentar al Pleno, los niños, niñas y adolescentes puedan participar también”, detalla Fuchsloyer.
En la derecha miran esta discusión con cierto resquemor. A pesar de que valoran la participación de ese grupo en el proceso, en la UDI advierten que, si las metodologías no son diseñadas correctamente, podría prestarse para “transmitir ciertos mensajes a los niños o usarlos políticamente”, según dice la constituyente y exsubsecretaria de la Niñez, Carol Bown (UDI).
“La iniciativa popular de ley o constitucional ya es más compleja, porque los niños pueden opinar respecto de temas, pero tener la oportunidad de construir una legislación es mucho más compleja. Por lo tanto, ahí también está el temor que no vayan a ser niños usados políticamente para construir ciertas propuestas que beneficien a un sector. Eso es preocupante”, contesta Bown.
Convenios para viabilizar participación
“Todo esto depende de la capacidad que tenga la Convención de organizar la implementación del Reglamento, pero también depende mucho de que gente que está trabajando con NNA y con los demás grupos históricamente excluidos tenga capacidad de organización, convocatoria, de articulación. Eso es un trabajo que hay que hacer tanto dentro de la Convención como fuera”, comenta la constituyente Tania Madariaga (Pueblo Constituyente).
Además de generar convenios con municipios y gobiernos regionales, la Convención estableció que instará a una coordinación permanente con los órganos del Estado que tengan a su cargo ejercicio de funciones con menores de edad. Esto es principalmente con el Ministerio de Educación, con la Subsecretaría de la Niñez y con la Subsecretaría de Justicia.
Este miércoles, de hecho, con el convenio que cerró la Mesa Directiva y la Defensoría de la Niñez se comprometió la asistencia técnica para implementar varios puntos de los reglamentos. Una muestra: el organismo que lidera Patricia Muñoz ya cuenta con un programa llamado “Mi Voz en la Constitución”, mediante el cual los NNA pueden enviar dibujos, canciones, collages, cortometrajes, o cuentos sobre lo que debe considerar la nueva Constitución.