Vamos por Chile evalúa acudir a la Corte Suprema tras aprobación del plebiscito dirimente
Se considera el sufragio voluntario de personas que tengan entre 16 y 18 años. La decisión molestó a la derecha, que trabaja con abogados constitucionalistas.
La votación del reglamento de Participación Popular había generado amplios acuerdos entre los convencionales. Todas las votaciones en general de los artículos del documento fueron aprobadas por, al menos, dos tercios de los constituyentes.
Algunas normas polémicas relacionadas con las iniciativas populares no habían prosperado, entre ellas, la que buscaba incluir directamente en la nueva Constitución una norma emanada de la ciudadanía si es que esta conseguía 3,7 millones de firmas. Fue rechazada por 112 votos en contra.
En ese contexto, antes de llegar a la norma de plebiscito dirimente solo se habían rechazado 24 de las 305 indicaciones que se habían votado. Pero fue justamente la norma que establecía este mecanismo de participación la que generó críticas transversales entre los constituyentes.
“Frenar la trampa”
El día en que se votaba el Reglamento General algunos constituyentes de Vamos por Chile levantaron las alertas cuando se aprobó el concepto de plebiscito dirimente en el artículo 95°, donde se establecía que una propuesta de norma constitucional “se entenderá definitivamente rechazada con la sola excepción de aquellas que cumplan los requisitos establecidos en el reglamento específico correspondiente para ser sometidas a plebiscito dirimente“.
En Vamos por Chile catalogaron esto como una “trampa”, a pesar de que aún se debía determinar la existencia de este mecanismo en el reglamento de Participación Popular.
#ConvencionTramposa: Nos pagan x ponernos de acuerdo con mayoría de 2/3, pero si no lo logramos le devolvemos la pelota a los que nos eligieron a través de “plebiscitos dirimentes”. Con esta trampita los 2/3 caen en la irrelevancia y se pierde todo incentivo al dialogo y acuerdos
— Ricardo Neumann (@raneumannb) September 29, 2021
En ese contexto llegó la tarde del miércoles 6 de octubre, cuando el Pleno aprobó por 107 votos a favor, 42 en contra y 4 abstenciones el artículo 47, el cual establece que la Convención podrá realizar un plebiscito dirimente donde la ciudadanía podrá “decidir mediante el sufragio universal popular la inclusión en el nuevo texto constitucional de las normas constitucionales objeto de la convocatoria”.
Luego de ello, la convencional Marcela Cubillos (UDI) apoyó un recurso para ir a la Corte Suprema y lo hizo de manera pública a través de Twitter.
Plebiscito intermedio viola lo aprobado en octubre pasado instalando un bypass a los 2/3 que pasan a ser de papel. Apoyo, desde ahora, recurso para ir a Corte Suprema y dejar constancia histórica que al menos intentamos defender la legitimidad de este proceso#ConvenciónTramposa
— Marcela Cubillos Sigall (@mcubillossigall) October 6, 2021
En esa misma línea, el vicepresidente adjunto y convencional de la UDI, Rodrigo Álvarez, manifestó su molestia con lo aprobado. “Esta norma es un inmenso error que afecta gravemente este proceso constituyente”, dijo.
Las críticas también se hicieron presentes en RN, donde algunos convencionales, como Raúl Celis, catalogaron lo ocurrido como un “día triste” para la Convención. “Hoy se han violado los acuerdos del 15 de noviembre del año 2019, hoy se ha violado lo que aprobó el 80% de los chilenos en el plebiscito que acordó esta nueva Constitución […]. Lamentamos profundamente esta especie de Constitución de revancha que hoy día empieza a escribirse”, agregó.
El rechazo al plebiscito dirimente fue transversal entre los convencionales de Vamos por Chile, sin embargo, respecto a las intenciones de acudir a la Corte Suprema no habían tenido la misma cohesión. El 14 de septiembre pasado, cuando el Pleno decidió votar por mayoría la totalidad del Reglamento, la UDI dejó abierta la puerta para acudir a la Corte Suprema. “Llegado el momento, si es que hay que defender esos elementos, están las acciones correspondientes”, respondió Constanza Hube, cuando le preguntaron por la posibilidad de reclamar ante la Corte Suprema.
Asimismo, el 23 de septiembre pasado, cuando el Pleno aprobó un mecanismo de renuncia y reemplazo de convencionales, Álvarez en entrevista con Radio PAUTA dijo que una posible reclamación solo la resolverán cuando termine el período de votaciones del Reglamento.
En ambas ocasiones los convencionales de RN se mostraron contrarios a acudir a la instancia. Constituyentes como Manuel José Ossandón se desmarcaron de sus compañeros de la UDI y dijeron que no estaban de acuerdo con llegar hasta la Corte Suprema.
Incluso antes de que se aprobara el plebiscito dirimente en el reglamento de Participación Popular los convencionales de Vamos por Chile habían estado trabajando en un escrito para acudir a la Corte Suprema. Desde la UDI afirman que han estado trabajando con abogados constitucionalistas, centros de estudios y asesores para elaborar un reclamo ante el tribunal. “Yo creo que estamos todos de acuerdo [en Vamos por Chile] después de una votación como esta, después del diagnóstico de Raúl [Celis] al menos estamos todos analizando los distintos caminos a seguir”, afirmó Álvarez.
Para acudir a la Corte Suprema necesitarán conseguir al menos 39 firmas de los convencionales.
Doble lectura en la izquierda
Si bien en la izquierda el plebiscito dirimente había adquirido fuerza con el tiempo, había un punto que seguía generando conflicto. Se trata de la norma que establece las condiciones para realizarlo.
En la centroizquierda preferían que este mecanismo se llevara a cabo cuando las normas constitucionales no consiguiera el apoyo de 2/3, pero sí de 3/5. En cambio, en colectivos como Pueblo Constituyente y Movimientos Sociales Constituyentes se inclinaban por un cuórum de mayoría absoluta, ya que consideraban los 3/5 como un cuórum supramayoritario.
En este contexto, la izquierda más radical ingresó una indicación que cambiaba el cuórum de 3/5 por mayoría absoluta, para que una propuesta de norma constitucional sea sometida a un plebiscito dirimente, pero dicha indicación se rechazó por 95 votos en contra.
“Hoy con un plebiscito que muchos van a salir a celebrar, entendemos que vamos a decir que ‘ganamos’; no hemos ganado nada […]. Cuando se toquen las demandas sentidas nos vamos a dar cuenta que muchas de esas demandas ni siquiera van a poder llegar al plebiscito porque hay 3/5, es un número altísimo”, dijo Dayyana González [ex LLDP], quien aseguró que con esto se le pone “trabas” a la participación popular.
En el Frente Amplio celebraron la aprobación del plebiscito y le bajaron el perfil al conflicto, ya que aseguraron que aún se debe hacer una reforma constitucional. “Trasladaremos esta discusión al Congreso, que es el poder del Estado que tiene el poder de hacer una reforma constitucional y darle viabilidad al plebiscito dirimente”, dijo Ignacio Achurra (FA).
¿Cómo va a ser el plebiscito dirimente?
Se trata de un mecanismo de participación popular que se realizará treinta días antes de que termine el proceso constituyente, solo por una vez y será para incluir propuestas de normas constitucionales. Solo se someterán a un plebiscito dirimente aquellas normas que en una segunda votación en el Pleno no hayan alcanzado la aprobación 2/3 de los convencionales, pero sí 3/5.
Esas normas serán puestas en un listado donde se someterán a votación del Pleno, el cual deberá aprobar por mayoría absoluta de los constituyentes en ejercicio las normas que serán plebiscitadas.
El sufragio será obligatorio para quienes se encuentren habilitados para votar en elecciones presidenciales y voluntario para quienes tengan entre 16 y 18 años. Además, las propuestas de norma constitucional que “hayan sido aprobadas pasarán a integrar la propuesta de nueva Constitución”.
Para realizar todo lo anterior, el Pleno aprobó que se deberán hacer las “reformas a los cuerpos normativos pertinentes”. En esa misma línea, la Convención “requerirá a las instituciones públicas, organismos y a los poderes del Estado pertinentes para que el plebiscito se realice en conformidad a lo establecido en este reglamento”.