El largo camino que recorre una norma para ingresar en la nueva Constitución
Antes de ser incorporadas en la nueva Carta Fundamental, las propuestas pasan por una serie de filtros en las comisiones y el Pleno de la Convención.
Una travesía deberán recorrer las propuestas de normas constitucionales antes de convertirse en un artículo de la nueva Carta Fundamental. En el proceso atravesarán una serie de filtros por las comisiones temáticas y el Pleno de la Convención, instancias donde cada norma podrá tener modificaciones.
¿Cómo es ese camino? ¿Basta con que se apruebe en una comisión para que se termine votando en forma exacta en el Pleno? ¿Hay una segunda oportunidad para las propuestas que sufran un rechazo inicial en las comisiones?
La carrera de una norma comienza cuando un mínimo de ocho y un máximo de 16 convencionales firman una iniciativa constituyente, que deberá incluir los fundamentos de la propuesta y el o los artículos correspondientes.
El documento debe ser enviado a la Mesa Directiva, órgano que deberá declarar la admisibilidad de la propuesta, para luego derivarla a la comisión correspondiente. La determinación de la Mesa podrá ser impugnada en el Pleno, instancia donde los convencionales pueden solicitar que la norma se dirija a otra comisión, lo cual debe ser aprobado por la mayoría simple de los constituyentes.
En el caso de las iniciativas populares de norma, el requisito es juntar 15 mil firmas en cuatro regiones distintas. Si la propuesta cumple con el requisito, deberá ser discutida igual que una norma presentada por los constituyentes. Hasta el cierre de esta edición, 18 iniciativas populares habían superado la barrera de las 15 mil firmas.
Una vez derivada la propuesta a la comisión respectiva, deberá ser presentada por los autores ante el resto de los integrantes del espacio, quienes podrán emitir preguntas tras la presentación. Asimismo, se abrirá un espacio de deliberación en torno a la propuesta constitucional.
En esta etapa el proceso varía según cada comisión. Un reflejo de aquello, se pudo apreciar en las dos primeras comisiones que comenzaron a votar en general esta semana. En la Comisión de Medio Ambiente, se presentaron, deliberaron y votaron en general las iniciativas según el orden de llegada de estas. En cambio, la Comisión de Forma de Estado, primero se presentaron y deliberaron las propuestas correspondientes al primer “paquete” de normas, referido justamente a la Forma de Estado. Luego de realizar ese proceso con cada norma, se procedió a votar en general una por una.
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Una iniciativa constitucional puede contener más de un artículo. Es así, como la votación en general de una iniciativa implica la votación de todos los artículos que contenga ese documento. A menos que, un convencional solicite la votación separada de algunos artículos dentro de esa norma.
Asimismo, si una iniciativa contiene artículos que corresponden a más de un bloque de temas, los integrantes podrán pedir separar la votación de los artículos que no correspondan al bloque de temas que se están votando, y así queden para la deliberación posterior.
Luego, la coordinación con el apoyo de la secretaría técnica, deben sistematizar las iniciativas en un texto al cual se le podrán hacer las indicaciones y los cambios correspondientes que soliciten los convencionales, para que sea votado en particular.
Una vez concluido este proceso, se elabora un informe que, entre otras cosas, contiene la historia de la norma; una síntesis de las opiniones manifestadas en el debate; los resultados de todas las votaciones; y el texto de la propuesta en forma de articulado. Solo serán estos últimos artículos los que serán sometidos a votación en el Pleno.
La carrera en el Pleno
El próximo 15 de febrero, los 154 convencionales se ubicarán en sus respectivos puestos del Pleno, donde comenzará una etapa clave del proceso donde deberán deliberar y votar las normas constitucionales.
En ese sentido, el reglamento señala: “La aprobación general de cada una de las propuestas normativas contenidas en los informes se realizará una vez que se hayan discutido todos ellos, en votaciones separadas, pero sucesivas. Se podrá siempre solicitar a la Mesa Directiva la votación separada de aspectos específicos de cada propuesta”.
De esta manera, si una propuesta, o parte de esta, es rechazada en general por el Pleno, deberá volver a la comisión donde se deliberó, para que ésta realice los cambios pertinentes y emita un nuevo informe al Pleno, en un plazo no mayor a 15 días.
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Una vez terminadas las votaciones en general, comienza la votación en particular de cada artículo contenido en los distintos informes. En esta etapa entra el cuórum de dos tercios, ya que el reglamento establece que las propuestas de normas constitucionales “se aprobarán sin más trámite en caso de obtener el voto a favor de dos tercios de las y los convencionales en ejercicio”.
En caso de que una norma sea rechazada en particular, pero sea votada favorablemente por la mayoría de los convencionales presentes, deberá volver a la comisión de origen para que realicen las adecuaciones correspondientes. La propuesta “adecuada” deberá ser sometida a votación nuevamente en el Pleno, en caso de no conseguir el cuórum de dos tercios, se entenderá rechazada, “a sola excepción de aquellas que cumplan los requisitos establecidos en el reglamento específico correspondiente para ser sometidas a plebiscito dirimente”.
Es aquí donde entra la figura del plebiscito dirimente, un mecanismo de participación que depende de una reforma constitucional en el Congreso. Una situación que debido a la composición del Congreso, es muy difícil que se lleve a cabo.
El total de las normas aprobadas serán consolidadas en un “Proyecto de Constitución”, que deberá ser revisado por la Comisión de Armonización, un grupo compuesto por cuarenta convencionales que deberán “velar por la concordancia y coherencia de las normas constitucionales aprobadas por el Pleno”.
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