Plebiscito de Salida de la nueva Constitución coincide con fecha simbólica por el triunfo de Allende
La consulta entre las opciones Apruebo y Rechazo se efectuará el domingo 4 de septiembre. Será con voto obligatorio.
El Gobierno confirmó que el domingo 4 de septiembre se realizará el “Plebiscito Constitucional de Salida”, instancia donde los ciudadanos deberán enfrentarse a una papeleta para votar Apruebo o Rechazo al texto constitucional propuesto por la Convención.
Según la reforma constitucional que dio inicio al proceso constituyente, este plebiscito será con voto obligatorio. La última vez en que el sufragio fue obligatorio se concretó en las elecciones generales de 2009.
El artículo referido al Plebiscito señala que “comunicada al Presidente de la República la propuesta de texto constitucional aprobada por la Convención, este deberá convocar dentro de los tres días siguientes a dicha comunicación, mediante decreto supremo exento, a un plebiscito nacional constitucional para que la ciudadanía apruebe o rechace la propuesta. El sufragio en este plebiscito será obligatorio para quienes tengan domicilio electoral en Chile”.
La fecha simbólica
La misma reforma establece que este plebiscito “deberá celebrarse sesenta días después de la publicación en el Diario Oficial del decreto supremo a que hace referencia el inciso primero, si ese día fuese domingo, o el domingo inmediatamente siguiente”. Es decir, podría realizarse en dos fechas en septiembre: el 4 o bien el 11 de septiembre (que hubiese coincidido con el 49º aniversario del Golpe de Estado de 1973).
Ante esas opciones, la que prevaleció fue el 4 de septiembre. Aunque es el día en que se celebraban desde 1946 las elecciones presidenciales, se trata de una fecha simbólica en la izquierda, dado que recuerda el día del triunfo electoral de Salvador Allende en 1970. Ese día obtuvo el 36,6% de los votos, pero dado que no consiguió la mayoría absoluta fue el Congreso el que resolvió su victoria ante el otro candidato que le seguía en votación, Jorge Alessandri (35,3%).
En la reforma, se establece que en caso de ser aprobada la propuesta constitucional, “el Presidente de la República deberá, dentro de los cinco días siguientes a la comunicación de la sentencia referida en el inciso anterior, convocar al Congreso Pleno para que, en un acto público y solemne, se promulgue y se jure o prometa respetar y acatar la Nueva Constitución Política de la República”.
Asimismo, agrega que si la propuesta constitucional presentada por la Convención fuera rechazada, continuará vigente la presente Constitución.
Las más recientes encuestas, entre ellas “Plaza Pública“, de Cadem, y “Pulso Ciudadano“, de Activa Research, mostraron por primera vez una ligera ventaja del Rechazo ante la pregunta sobre el Plebiscito de Salida.