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Salud: cotizaciones obligatorias ya no irían a isapres, sino solo a un fondo público

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Agencia Uno / Pauta
POR Paul Follert |

Comisión de Derechos Fundamentales despachó este artículo al Pleno, donde plantea también que los prestadores privados “no podrán perseguir fines de lucro”.

La Comisión de Derechos Fundamentales tuvo una jornada intensa este viernes 8 de abril, con diversas votaciones en particular del segundo informe que será derivado al Pleno.

Primero aprobó artículos referidos al derecho a la vivienda digna y el derecho a la seguridad social y, a continuación, despachó al Pleno el artículo referido al derecho a la salud. En este aprobó, en primer lugar, que se incluya la dimensión física y mental de las personas.

El artículo aprobado establece también la creación de un Sistema Nacional de Salud de carácter universal, público e integrado, que se rige bajo algunos principios como equidad, solidaridad, interculturalidad y no discriminación. El inciso obtuvo 25 votos a favor y solo votaron en contra los convencionales de derecha.

Gaspar Domínguez (INN) comentó que esta norma “permitiría, a través de la universalidad, que todas las personas que habitan el país tengan acceso a atenderse a él, independiente del seguro que tengan o de otras circunstancias”.

Natalia Henríquez (Pueblo Constituyente) agregó que lo que se aprobó es importante, dado que consagra el derecho a una salud integral. “Actualmente lo que nosotros teníamos asegurado era el acceso a la atención de salud o a la atención sanitaria, y nosotros estamos consagrando el derecho a la salud integral”.

Junto con esto, en el artículo se incluyó una propuesta que establece que la atención primaria “constituirá la base de este sistema y se promoverá la participación de las comunidades en las políticas de salud y las condiciones para su ejercicio efectivo”. Asimismo, se acordó incluir en las prestaciones el acceso a métodos de reproducción asistida y el tratamiento integral frente al consumo de drogas.

¿Cómo quedan las isapres?

El inciso sexto del artículo se aprobó por 17 votos a favor, 13 en contra y dos abstenciones. Establece que “podrán existir seguros privados voluntarios, los que en ningún caso podrán sustituir o duplicar el rol del Estado”. Además, se incluye que ninguna persona “habrá de incurrir en un gasto catastrófico en salud”. 

En cuanto al financiamiento del Sistema Nacional de Salud, se aprobó que sea financiado a través de las rentas generales de la nación. En el artículo se señala que, adicionalmente, la ley podrá establecer el cobro obligatorio de cotizaciones a empleadores y trabajadores con el solo objeto de “aportar solidariamente al financiamiento de este sistema”.

En ese contexto, la ley será la que determine el órgano público encargado de la administración del conjunto de los fondos de este sistema.

La propuesta que se votará en el Pleno también reconoció los “sistemas de salud tradicional de los pueblos y naciones indígenas y sus instituciones” y además se deberá “proteger y conservar especialmente los conocimientos, innovaciones y prácticas de medicina indígena”.

Finalmente, el artículo estableció en su inciso final que los “prestadores privados integrados al Sistema Nacional de Salud no podrán perseguir fines de lucro” y que será la ley la que establezca los requisitos y procedimientos para su integración y funcionamiento.

Sobre el futuro de las isapres, hay distintas versiones. De aprobarse la propuesta en el pleno, el texto les impide participar en la captación de las cotizaciones obligatorias y solo les permitiría operar como seguros voluntarios y complementarios, aunque sin fines de lucro.

Pese a esto, el convencional Domínguez sostuvo que igual se ha dejado abierta la posibilidad para que existan seguro privados. “Se considera que es factible que sigan existiendo las isapres; ahora, el diseño que hemos planteado desde la Comisión establece que las cotizaciones obligatorias de salud recaigan todas en un seguro o en un monto que sería en el mismo órgano que la administraría. Ya no existiría un organismo tipo isapre que reciba las cotizaciones de un grupo y un organismo tipo Fonasa que reciba las cotizaciones de otro grupo, sino más bien que todas las cotizaciones lleguen al mismo fondo”.