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Convencionales advierten “error” del Presidente por interpretación de derechos ciudadanos en la nueva Constitución

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POR Sofia del |

Tras comentar que no existían innovaciones en la nueva Constitución sobre la libertad de voto para condenados con pena aflictiva, convencionales constituyentes salieron a desmentir los dichos del mandatario.

Polémica han generado los dichos del Presidente Gabriel Boric Font en la Radio Cappissima de Arica, donde señaló que en la nueva propuesta constitucional “quienes están condenados a pena aflictiva no tienen derecho a voto”, porque al perder la ciudadanía, “pierden el derecho a voto”. 

El Mandatario prosiguió y dijo “hoy día quienes no están condenados a pena aflictiva, por ejemplo con prisión preventiva, o con penas menores siguen teniendo derecho a voto, porque por ser declarado como reo no pierden su condición de ciudadano, salvo que sea condenado a pena aflictiva”. 

Y concluyó: “En esto no hay mayores innovaciones respecto a lo que se está diciendo. La polémica que se ha generado es una fake news que la está difundiendo gente que está por una de las opciones, indicando que “quienes sean condenados por delitos terroristas podrían ser candidatos, y eso no es cierto”.

Pero constituyentes -de manera transversal-, indican que estos dichos del Presidente constituyen un error, en el sentido de que sí hay una innovación al respecto, porque en la nueva propuesta de texto constitucional no queda establecido que las personas con penas aflictivas, condenadas, no puedan ejercer su voto. 

¿Qué es lo que dice la propuesta constitucional al respecto? 

Según el Artículo 117, Las personas que tienen la nacionalidad chilena son ciudadanas y ciudadanos de Chile. Las que pierdan aquella, perderán también la ciudadanía.

“Asimismo, serán ciudadanas y ciudadanos las personas extranjeras avecindadas en Chile por al menos cinco años. En este caso, se perderá la ciudadanía si cesa el avecindamiento”. Y especifica que “El Estado promoverá el ejercicio activo y progresivo, a través de los distintos mecanismos de participación, de los derechos derivados de la ciudadanía, en especial en favor de niñas, niños, adolescentes, personas privadas de libertad, personas con discapacidad, personas mayores y personas cuyas circunstancias o capacidades personales disminuyan sus posibilidades de ejercicio”. 

Sobre quiénes pueden postular a cargos públicos, el texto indica que “no podrán optar a cargos públicos ni de elección popular las personas condenadas por crímenes de lesa humanidad, delitos sexuales y de violencia intrafamiliar, aquellos vinculados a corrupción como fraude al fisco, lavado de activos, soborno, cohecho, malversación de caudales públicos y los demás que así establezca la ley. 

¿Y la Constitución actual?

Según el Artículo 13, “son ciudadanos los chilenos que hayan cumplido dieciocho años de edad y que no hayan sido condenados a pena aflictiva. La calidad de ciudadano otorga los derechos de sufragio, de optar a cargos de elección popular y los demás que la Constitución o la ley confieran”. 

Constituyentes difieren con los dichos del Presidente

El constitucional Cristián Monckeberg (Ind-RN) indica que “creemos que es un error que el Presidente tome hoy día el rol de intérprete del proyecto de Constitución. Hoy día señalar que es una fake news, que es una mentira, que es falso, no es real. Yo creo que es bueno que se informe el presidente. Porque el presidente está para gobernar, para tomar decisiones complejas, y en estas materias no se puede equivocar”. 

Desde la Democracia Cristiana, el convencional Fuad Chahin (DC) Indicó que también que el mandatario estaba equivocado.

“Yo creo que el Presidente estaba mal informado, mal asesorado, y posiblemente no ha tenido tiempo para leer el borrador de nueva Constitución. Lo que él dice es totalmente equivocado. Hoy día todos los condenados por pena aflictiva en el proyecto de nueva Constitución van a tener derecho a sufragio y también van a poder ser elegidos en cargos de elección popular, salvo en aquellos cargos que se esté condenado por delitos de corrupción, delitos sexuales y aquellos casos en que la ley especialmente señale que incurren en alguna invalidad para poder ejercer ese cargo”, comentó el convencional. 

Personeros del Colectivo Socialista señalan que efectivamente las personas con penas aflictivas sí podrán sufragar porque “no pierden sus derechos políticos”. El convencional Andrés Cruz (Colectivo Socialista), explicó que “con la nueva propuesta, el derecho a sufragio no se pierde porque constituye uno de los aspectos dentro de los cuales debería contemplarse la reinserción de las personas”.