Acuerdo constitucional: ¿Cuáles son las 12 bases que contemplaría el borrador?
Si bien los parlamentarios indicaron que no habían consensos definidos en su última reunión del pasado viernes, este martes comenzó a circular las 12 bases o bordes constitucionales que habrían acordado los partidos políticos hace 4 días atrás.
Este martes 11 de octubre se volvieron a reunir las fuerzas políticas en el marco de un acuerdo constitucional. Los partidos del oficialismo y la oposición ya sentaron los primeros acercamientos en cuanto a las bases constitucionales para este borrador.
Si bien los parlamentarios indicaron que no habían consensos definidos en su última reunión del pasado viernes, este martes comenzó a circular las 12 bases o bordes constitucionales que habrían consensuado los partidos políticos hace 4 días atrás.
¿Cuáles son estos 12 puntos?
El primer punto establece que “Chile es una república democrática, cuya soberanía reside en el Estado“.
El segundo habla de que “el Estado de Chile es unitario y descentralizado” y como tercer punto, se señala que “la soberanía tiene como límite la dignidad de la persona humana y los Derechos Humanos reconocidos en los tratados internacionales ratificados por el Estado de Chile y que se encuentren vigentes. La Constitución consagrará que el terrorismo, en cualquiera de sus formas, es por esencia contrario a los Derechos Humanos”.
En su cuarto punto se indica que “la Constitución reconoce a los pueblos indígenas que habitan su territorio como parte de la nación chilena, que es una e indivisible. El Estado respetará y promoverá sus derechos y culturas”.
Como quinta base se establece que “Chile es un Estado social y democrático de derechos, cuya finalidad es promover el bien común, reconociendo derechos y libertades fundamentales y que promueve el desarrollo progresivo de los derechos sociales con sujeción al principio de responsabilidad fiscal, y a través de instituciones públicas y privadas”.
Un sexto punto, sería que “los emblemas nacionales son la bandera, el escudo y el himno nacional“. Como séptimo punto, se señala que “Chile tiene 3 poderes separados e independientes entre si, como son por ejemplo, el Poder Ejecutivo; con jefe de gobierno e iniciativa fiscal de gasto, el Poder Judicial; con unidad jurisdiccional y con pleno respeto de las sentencias judiciales firmes y ejecutoriadas y el Poder Legislativo compuesto por cámara de Diputados y Senado”
En el punto ocho se habla de que “Chile consagra constitucionalmente, entre otros, los siguientes órganos autónomos: Banco Central, justicia electoral, Ministerio Público y Contraloría”.
El punto número nueve se hace hincapié de que “Chile protege y garantiza derechos y libertades fundamentales como el derecho a la vida, la igualdad ante la ley, el derecho a la propiedad en sus diversas manifestaciones, la libertad de conciencia y de culto, la libertad de enseñanza y el deber preferente de las familias de escoger la educación de sus hijos y el derechos de los NN. A a su interés superior, entre otros”.
El décimo sostiene que “Chile consagra constitucionalmente con subordinación al poder civil la existencia de las Fuerzas Armadas y las Fuerzas de Orden y Seguridad, con mención expresa a carabineros y policía de investigaciones”.
El penúltimo punto dice que “la Constitución consagra 4 estados de excepción constitucional; asamblea, sitio, catástrofe y emergencia”. Y finalmente el punto doce, apunta a que “Chile se compromete constitucionalmente al cuidado y la conservación de la naturalezas y su biodiversidad”.