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Acuerdo por Chile: Los tres órganos que participarán en el nuevo proceso constituyente

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Agencia Uno
POR Manuel Izquierdo |

El acuerdo constitucional al que arribaron las fuerzas políticas contempla la creación de una comisión de expertos, un consejo 100% electo y un comité técnico de admisibilidad.

Este lunes 11 de diciembre, luego de tres meses de discusión, las fuerzas políticas llegaron a un acuerdo que permitirá el inicio de un nuevo proceso constituyente. El pacto, que se ingresará como moción en la Cámara de Diputados esta semana, contempla un nuevo itinerario de trabajo que se iniciará en enero de 2023.

Los partidos acordaron la creación de tres órganos que participarán, de diversas maneras, en la redacción de la nueva Constitución. Se trata de la Comisión Experta, el Consejo Constitucional y el Comité Técnico de Admisibilidad.

Acuerdo por Chile: Los tres órganos que participarán en el nuevo proceso constituyente

Consejo Constitucional

  • Compuesto por 50 personas electas por votación popular con sufragio universal y obligatorio. Se elegirán a través de circunscripciones senatoriales con listas abiertas compuestas por partidos o pactos de partidos, que podrán incluir a personas independientes.
  • Habrá paridad de entrada y de salida.
  • El Consejo estará integrado por escaños indígenas supranumerarios, asignados de acuerdo al porcentaje de votación efectiva en la elección.
  • El rol del consejo, que reemplazará a la Convención Constitucional, será discutir y aprobar una propuesta de texto de nueva Constitución. Ya elaborada la Carta Fundamental, será disuelta automáticamente.
  • Las normas constitucionales se aprobarán por las 3/5 partes de los consejeros en ejercicio. La propuesta final se someterá a una aprobación del Consejo por el mismo cuórum.

Comisión Experta

  • Estará conformada por 24 miembros designados por el Congreso, “de indiscutible trayectoria profesional, técnica y/o académica”. Su composición será paritaria.
  • 12 integrantes serán elegidos por la Cámara de Diputados y otros 12 por el Senado “en proporción a la representación de las distintas fuerzas políticas y aprobada por 4/7 de los miembros en ejercicio de las respectivas Cámaras”.
  • El acuerdo enfatiza que “no podrán ser parte de la Comisión personas que tengan inhabilidad para ser candidatos a cargos de elección popular”.
  • Su rol será redactar un anteproyecto que servirá de base para la discusión y redacción del nuevo texto constitucional.
  • La Comisión Experta tomará sus decisiones por un quórum de 3/5 de sus miembros.
  • La instancia iniciará sus funciones en enero de 2023 y se incorporará al Consejo Constitucional, pudiendo sus integrantes hacer uso de la palabra en todas las instancias.
  • Una vez entregada la propuesta de texto de la nueva Constitución, previa armonización, los expertos entregarán su informe al Consejo. En ese escrito podrán hacer propuestas que mejoren la redacción y comprensión de normas del texto.
  • Estas deberán ser conocidas por el Consejo Constitucional y serán votadas según las reglas siguientes: “se entenderán aprobadas las propuestas de normas si cumplen con el quórum de 3/5 de sus miembros en ejercicio”.
  • Por el contrario, las propuestas de normas se entenderán rechazadas cada una por las 2/3 partes de los miembros en ejercicio.
  • Las propuestas que no se encuentran en alguna de circunstancias anteriores, se resolverán mediante una Comisión Mixta. Este ente estará compuesto por 12 personas, entre expertos y consejeros por partes iguales. Ellos conocerán de la controversia y se resolverá con el voto de las 3/5 partes de dicha instancia. En caso de no lograr dicho cuórum, la Comisión Experta, dentro del plazo de cinco días, por 3/5 de sus miembros, presentará una nueva propuesta al Consejo Constitucional para que se conforme a las reglas generales.

Comité Técnico de Admisibilidad

  • Estará compuesto por 14 personas. Deberán ser “juristas de destacada trayectoria profesional y/o académica”.
  • Los miembros serán elegidos por el Senado en virtud de una propuesta que formulará la Cámara de Diputados. Ambas votaciones deberán contar con el apoyo de 4/7 de los miembros en ejercicio.
  • El organismo se encargará de la revisión de las normas aprobadas en las distintas instancias que se presenten en la Comisión Experta y el Consejo Constitucional. Esto, con el fin de determinar posibles inadmisibilidades de normas potencialmente contrarias a las 12 bases institucionales.
  • El Comité Técnico podrá pronunciarse a requerimiento de 1/5 del Consejo Constitucional o de 2/5 de la Comisión Experta. Este órgano resolverá a partir de los antecedentes de derecho, aplicando las bases constitucionales, conforme a las normas e interpretación constitucional.
  • Tendrá tres días para tomar sus resoluciones. Ese plazo se puede ampliar por cinco días más para incorporar fundamentos, por la mayoría absoluta de sus integrantes. Sus decisiones no serán recurribles ante órgano alguno, nacional ni internacional.
  • En caso de que la norma sea declarada inadmisible, no podrá incorporarse en el texto constitucional.
  • En caso de que la vulneración consista en la omisión de alguna de las bases institucionales, previo requerimiento, el Comité de Admisibilidad instruirá a la Comisión Experta redactar una nueva propuesta, que será deliberada por el Consejo Constitucional conforme a las reglas generales.

Revisa el acuerdo completo aquí: