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Cámara de Diputados rechazó proyecto de autopréstamo

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Agencia Uno
POR Santiago Parro |

La Cámara desechó la idea de legislar sobre el proyecto de reforma constitucional para permitir el autopréstamo de fondos previsionales.

Durante la jornada de este miércoles 22 de marzo, la Sala de la Cámara de Diputados discutió y rechazó el proyecto de ley (de reforma constitucional) que permite el autopréstamo de fondos previsionales desde las AFP.

La Cámara rechaza idea de legislar sobre el proyecto de reforma constitucional para permitir el autopréstamo de fondos previsionales. Recibió 39 votos a favor, 96 en contra y 10 abstenciones. Necesitaba 89 favorables para su aprobación”, redactó la Cámara de Diputados y Diputadas.

¿Qué es el autopréstamo y en qué consiste?

El proyecto de reforma constitucional, que permite el autopréstamo de Fondos Previsionales (AFP), fue presentado por un grupo de parlamentarios independientes y del PDG en marzo del 2022.

La moción establece la posibilidad del retiro de hasta el 15% de los fondos de pensiones acumulados en la cuenta individual (sin tope de dinero). Con la obligación de devolverlo, sin intereses, en 60 cuotas o en un periodo de hasta cinco años.

La posible norma indica que quienes tengan entre 1 y 10 millones de pesos ahorrados, podrán solicitar el retiro de hasta un millón desde sus ahorros de las AFP. Si es menos, podrán pedir el total.

¿Quiénes pueden solicitarlo?

Según el artículo 85 del mismo proyecto de ley, establece que podrán solicitar el autopréstamo las personas que no estén pensionadas y que se encuentren a cinco años o más del cumplimiento de la edad legal de jubilación, tendrán derecho a realizar retiros. “En carácter de préstamos con cargo al saldo mantenido en sus cuentas de capitación individual de cotizaciones obligatorias”.

¿Cómo se devolvería el dinero?
  • Se descuenta a partir del mes siguiente que se solicita el autopréstamo de la propia cotización, con un tope del 2%. (Del sueldo imponible).
  • Cuando la persona lo termina de pagar podría volver a pedirlo.
¿Cómo se entregaría el dinero?

La entrega de los fondos en calidad de préstamo se efectuaría de la siguiente manera:

  • Del 70% de manera inmediata, dentro del plazo de diez días hábiles a contar del ingreso de la correspondiente solicitud.
  • Del remanente dentro del plazo de veinte días hábiles a contar del ingreso de la solicitud.
  • Transcurrido dicho plazo, y al no constar que existiera orden judicial que detuviere dicho monto, se entregará al solicitante dicho restante en el plazo de tres días hábiles.