Ley de 40 horas: director del Trabajo detalla los nuevos lineamientos para regular las compensaciones para las horas extras
En Radio Pauta, Pablo Zenteno afirmó que “el espíritu de la ley tiene un sentido. Estableció nuevas formas de extensión de la jornada, bandas horarias; estableció la posibilidad del 4×3 en la medida en que la empresa tengo 40 horas. Por tanto, eso solo es posible siempre y cuando haya una certeza de la jornada”.
En tres semanas se cumple el plazo máximo para que las empresas comiencen a implementar la reducción de la jornada laboral en el marco de la Ley de las 40 horas. A las personas que trabajen 45 horas semanales se les reducirá la jornada a 44 horas. Luego la cantidad de horas irá bajando paulatinamente hasta llegar a las 40 horas en 2028.
La Dirección del Trabajo emitió una serie de lineamientos para poder regular las compensaciones para las horas extraordinarias, entre otros aspectos, para implementar la regulación. Sobre eso, ahondó Pablo Zenteno, director del Trabajo, en Mercado Central.
Al respecto, el director del Trabajo, sostuvo que “he estado en varias instancias de conversación y creemos que las empresas están sumiendo de buena manera esto”.
“Hay un sello 40 horas que se viene implementando desde el año pasado. Sobre todo las pymes, llama mucho la atención que son las que han postulado ampliamente a este sello. Por cierto, ante una nueva realidad normativa, hay algunas dudas que hay que ir aclarando”, agregó.
Zenteno comentó que las principales dudas de las personas y empresa son “cómo se va a ir adecuando la jornada diaria, otras tienen que ver con la distribución de la jornada (porque hay una nueva forma de distribuir la jornada, que ya no tiene por qué ser en un ciclo entre 5 y 6 días, sino que puede ser en un ciclo de 4 semanas máximo), pero en general son esas cosas específicas y por cierto un debate sobre el 22 inciso segundo”.
Ley de 40 horas: director del Trabajo detalla los nuevos lineamientos para regular las compensaciones para las horas extraordinarias
Este inciso indica que “quedarán excluidos de la limitación de jornada de trabajo los trabajadores que presten servicios a distintos empleadores; los gerentes, administradores, apoderados con facultades de administración y todos aquellos que trabajen sin fiscalización superior inmediata“, según el proyecto de ley.
Zenteno comentó que “el espíritu de la ley tiene un sentido. Estableció nuevas formas de extensión de la jornada, bandas horarias, estableció la posibilidad del 4×3 en la medida en que la empresa tengo 40 horas. Por tanto, eso solo es posible siempre y cuando haya una certeza de la jornada”.
“Era lógico entonces que si esas nuevas modalidades y formas de adaptabilidad se introdujeron, había que modificar el artículo 22”, añadió.
Asimismo, sostuvo que “antes teníamos 5 hipótesis, ahora tenemos 2. Es decir, del 26 de abril en adelante, los que pueden estar excluidos de la jornada, son gerentes, administradores que tengan facultad de representación y de dirección de la empresa”.
“Y, por otro lado, aquellos que no tienen fiscalización superior inmediata en razón de la naturaleza de las funciones que desarrollan, es decir, en razón de la tarea propia. En eso, nosotros hemos fijado algunos lineamientos y criterios generales y la misma norma previó un mecanismo de resolución ante controversias, pensando que eventualmente pueden existir diferencias en la interpretación y aplicación de esta norma”, explicó Zenteno.
Consultado sobre cómo se regulará el tema de las horas extras, que ha sido materia discusión, porque ahora, con reducción, hay gente que tendrá que comenzar a hacer más horas, el director del Trabajo dijo que “en ese caso, la regla general que establece el código se sigue aplicando, tiene que hacerse a través de pacto individual, por escrito”.
Además, agregó que “no puede pasar la jornada de 10 horas y en el caso de las horas extras no pueden ser más de 2, así que se regulará de la misma forma. No hay cambio en esa materia”.
El experto explicó que es evidente que reducción de la jornada producirá situaciones como estas, “pero para prever esa situación y que no sea tan impactante desde el punto de vista del efecto en el empleo y también en los salarios, eventualmente, se establecieron una progresividad que es bastante extensa, que son 5 años”.
Además, comentó que hay que recordar que la reducción de la jornada no puede hacerse con reducción de remuneraciones, “ahí vamos a estar muy atentos a que esa situación no se produzca”, destacó.
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