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SII dictaminó que el comercio deberá entregar comprobante de pago obligatoriamente

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POR Carla Padilla |

La medida adicional para evitar la evasión comenzará a regir a partir del viernes 2 de mayo de 2025.

El Servicio de Impuestos Internos (SII) emitió una resolución que obliga al comercio a entregar al comprador final la representación impresa de la boleta electrónica o comprobante de pago en ventas presenciales.

La medida, que comenzará a regir desde el 1 de mayo de 2025, busca velar por el correcto cumplimiento tributario en materia de IVA, asegurando que se entregue el documento tributario que permita garantizar el pago del impuesto y focalizar los esfuerzos de fiscalización del SII.

“Esta medida nos permite reforzar, tanto para los emisores de boletas electrónicas de ventas y servicios como para la ciudadanía en general, que la emisión y entrega de la boleta es obligatoria cada vez que se realiza una compra, independiente del tipo de pago que se utilice”, explicó Patricio Muñoz, subdirector de Asistencia al Contribuyente del SII.

En ese sentido, Muñoz hizo un llamado a los contribuyentes a exigir su boleta o voucher, con la finalidad de asegurar que el impuesto que pagan en cada compra llegue al Estado.

Obligaciones de emisores de boletas

De acuerdo con la Resolución N°12 del SII, el comercio que reciba pagos con dinero en efectivo o por transferencia bancaria deberán entregar obligatoriamente la representación impresa de la boleta electrónica.

Si reciben pagos con tarjetas de débito, crédito u otros medios de pago electrónicos, deberán entregar la representación impresa de la boleta electrónica emitida y/o el comprobante de pago, dependiendo de su modelo de emisión.

Por otro lado, el envío de la representación virtual del documento por medios electrónicos será una opción adicional, pero no reemplazará la obligatoriedad de entregar la boleta impresa.