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Reajuste de la PGU: Nuevos montos y fecha en que tendrá validez

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Pontificia Universidad Católica de Chile
POR Isidora Fontánez Núñez |

Producto de una variación en el Índice al Precio del Consumidor (IPC), la Pensión Garantizada Universal (PGU) registrará un alza que beneficiará a más de dos millones de pensionados.

Este sábado 1 de febrero se encuentra programado un alza en la Pensión Garantizada Universal (PGU), la cual beneficiará aproximadamente a 2.404.000 personas.

El reajuste fue instruido por la Superintendencia de Pensiones, y de esta forma subirá a un nuevo monto de $224.004 mensuales, desde el valor actual de $214.296.

En su instrucción, la Superintendencia además precisó que a partir de febrero de 2025 también se deberá reajustar al alza el valor de la Pensión Inferior, la cual registrará un alza de poco más de $30 mil pesos, pasando desde los $729.764 mensuales a un nuevo monto de $762.822.

Asimismo, el valor de la Pensión Superior subirá desde el monto actual de $ 1.158.355 a un nuevo monto de $ 1.210.828.

Adicionalmente, el nuevo monto de la PGU también se aplicará en beneficio de quienes reciben Pensión Básica Solidaria (PBS) de Invalidez o Aporte Previsional Solidario (APS) de Invalidez.

¿Qué es la PGU y de qué forma puedo acceder?

La Pensión Garantizada Universal (PGU) es un beneficio económico del Estado al que podrán acceder las personas que tienen mínimo 65 años, y que pertenecen al 90% de la población con menos ingresos.

También es necesario acreditar al menos cuatro años de residencia en Chile, en los últimos cinco años inmediatamente anteriores a la fecha en que solicita el beneficio. Además de acreditar una pensión base menor a $ 1.158.355.

En caso de cumplir con los requisitos, la persona podrá postular al beneficio de manera online o presencial a través de Chile Atiende.

En caso de preferir el sitio web, se realizará una videollamada en la Sucursal Virtual, entre lunes a viernes de 8:00 a 17:00 horas.

Para aquellos que prefieran asistir de manera presencial, será necesario acudir con la cédula de identidad, y si el trámite está a cargo de un apoderado, debe presentar un poder notarial.

 


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