¿Cómo puedo excusarme para no votar en el Plebiscito de Salida?
Son más de 15 millones de personas las habilitadas para participar del proceso en que se debe optar por el Apruebo o Rechazo a la propuesta de nueva Carta Magna elaborada por la Convención Constitucional.
Votar en el Plebiscito Constitucional del 4 de septiembre es obligatorio para todos los mayores, de 18 años o más, cuyo domicilio electoral se encuentra registrado en Chile, de acuerdo a la convocatoria publicada en el Diario Oficial y el artículo 142 de la Constitución vigente.
Son más de 15 millones de personas las habilitadas para participar del proceso en que se debe optar por el Apruebo o Rechazo a la propuesta de nueva Carta Magna elaborada por la Convención Constitucional.
Los electores que no concurran a sufragar ese día arriesgan multas que van desde 0,5 UTM (Unidad Tributaria Mensual) a 3 UTM, entre $29.000 y $176.000 aproximadamente. El director del Servicio Electoral deberá denunciar a las personas que no acudieron, dentro del plazo de un año desde la celebración del plebiscito, para que el juez de policía local de la comuna respectiva fije la sanción.
¿Como excusarme para no ir a votar?
No habrá sanciones para quienes no voten en el Plebiscito de Salida del 4 de septiembre en caso de cumplir con alguna de estas causales:
- Enfermedad.
- Ausencia del país.
- Encontrarse el día de la elección en un lugar a más de 200 kilómetros del domicilio electoral. En este caso, debe presentarse una constancia ante Carabineros.
- Otro impedimento grave, debidamente comprobado ante el juez competente, quien revisará la prueba de acuerdo con las reglas de la sana crítica.
Quien cumpla con alguna de las cuatro razones, deberá acreditar su inasistencia ante el Juzgado de Policía Local cuando sea notificado posteriormente al Plebiscito de Salida, la notificación llegará al domicilio electoral que se encuentre registrado.