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¿De cuánto es el monto del Bono Ayuda Invierno 2023?

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Agencia Uno
POR Santiago Parro |

Esta ayuda está dirigida a los pensionados y pensionadas, que cumplan con los requisitos para obtener el beneficio.

Cumpliendo con lo anunciado en la cuenta pública presidencial, se inició el pago de un Aporte Extraordinario por $60.000. Esta ayuda está dirigida a los pensionados y pensionadas, que cumplan con los requisitos para obtener el beneficio.

A nivel nacional, incluyendo el IPS y las otras instituciones de previsión, el Aporte Extraordinario llegará a cerca de 1 millón 600 mil personas.

El primer pago Bono Invierno 2023 tuvo un monto de $74.767 pesos que se depositó junto a la pensión de mayo. No obstante, en las siguientes semanas se entregará un complemento extra de $60 mil pesos.

Importante: quienes reciben más de una pensión no tienen derecho al bono, salvo si la suma de esas pensiones es igual o menor a 201.677 pesos (valor de una pensión mínima de vejez para mayores de 75 años).

Esta medida tiene como fin dar un apoyo económico adicional a los adultos mayores, en especial a aquellos que tienen una pensión menos o igual a los $201.677 pesos.

Con esta disposición, el presidente Gabriel Boric tratará de fortalecer la protección social de los adultos mayores y garantizar su bienestar para la época de invierno.

¿De cuánto es el monto del Bono Ayuda Invierno 2023?

Para formar parte del Bono Invierno 2023, no es necesario postular. El pago de este bono se entregará junto con la pensión.

El monto del bono será de $120 mil y será transferido de manera automática a los beneficiarios, sin necesidad de postulación. El Instituto de Previsión Social se encargará de realizar el pago de este subsidio.

¿Cuáles son los requisitos para recibir el Bono Ayuda Invierno 2023? 

  • Tener 65 años cumplidos hasta el 1 de mayo de 2023.
  • Tener una pensión igual o inferior a la mínima vigente ($182.167). Sin incluir otros aportes como el Aporte Previsional Solidario de Vejez o la Pensión Garantizada Universal.

También, los beneficiarios deben ser pensionados de alguna de las siguientes instituciones.

  • Instituto de Previsión Social (ex cajas de previsión).
  • Instituto de Seguridad Laboral (ISL).
  • Dirección de Previsión de Carabineros de Chile (Dipreca).
  • Caja de Previsión de la Defensa Nacional (Capredena).
  • Mutualidades de empleadores.
  • Sistema de AFP y compañías de seguro que reciban pensiones mínimas con garantía estatal o APSV.
  • Beneficiarios y beneficiarias de la PGU.