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Fiestas Patrias: conoce la fecha en la que recibirás tu aguinaldo

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Agencia Uno
POR Equipo Radio Pauta |

El aguinaldo consiste en una suma de dinero que se paga una vez al año con el pago de la pensión o el sueldo.

Un aguinaldo es un tipo de remuneración extraordinaria que pagas una vez al año a tus trabajadores. Por lo general, se entrega este beneficio económico para conmemorar un evento o fecha importante.

Ahora, los aguinaldos más comunes son los de Fiestas Patrias, Navidad y Año Nuevo, pero los puede haber sobre cualquier hito en la empresa; aniversario, cumpleaños, vacaciones, inicio de clases escolares, etc.

Tiene que estar debidamente estipulado en la liquidación de sueldo del colaborador que lo recibe y aparecer en el contrato de trabajo si ambas partes así lo acuerdan.

El aguinaldo por Fiestas Patrias 2023 es algo que muchas personas pensionadas o que trabajan esperan cuando se acercan las celebraciones relacionadas con el 18 de septiembre.

¿Cuándo pagan el Aguinaldo de Fiestas Patrias?

Fiestas Patrias: conoce la fecha en la que recibirás tu aguinaldo.

Los pensionados y adultos mayores pueden consultar si reciben el Aguinaldo de Fiestas Patrias 2023 ingresando AQUÍ con tu RUT.

Estos son los requisitos para recibir el Aguinaldo de Fiestas Patrias

Los pensionados que reciben el Aguinaldo de Fiestas Patrias deben al 31 de agosto de 2023 estar en alguna de las siguientes situaciones:

  • Personas pensionadas o pensionados del Instituto de Previsión Social (IPS) que tengan una Pensión Garantizada Universal (PGU) o una Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBSI).
  • Pensionados o pensionadas del Instituto de Seguridad Laboral (ISL).
  • Personas pensionadas o pensionados de las leyes de Exonerados Políticos, Ley N.º 19.234.
  • Pensionados o pensionadas de las Mutualidades de Empleadores de la Ley N.º 16.744.
  • Personas pensionadas o pensionados de las ex cajas de previsión y ex Servicio de Seguro Social (INP, actualmente IPS).
  • Pensionados o pensionadas de reparación: Ley N.º 19.123 (Rettig) y Ley N.º 19.992 (Valech).
  • Pensionados o pensionadas de AFP o compañías de seguro que, al 31 de agosto de 2022, además reciben el beneficio de PGU, el Aporte Previsional Solidario (de Vejez o de Invalidez) o pensiones mínimas con Garantía Estatal.
  • Beneficiarios y beneficiarias del Subsidio de Discapacidad.

Por su parte, los empleados del sector público que reciben Aguinaldo deben desempeñar cargos de planta o a contrata y pertenecer a alguno de los siguientes establecimientos:

  • Universidades estatales.
  • Establecimientos particulares de enseñanza subvencionados por el Estado.
  • Corporaciones de Asistencia Judicial.
  • Establecimientos de educación parvularia financiados por la JUNJI.
  • Establecimientos de Educación Técnico Profesional.
  • Sectores de la Administración del Estado que hayan sido traspasados a las municipalidades.
  • Instituciones reconocidas como colaboradoras del Sename o su continuador legal.
  • Tribunales tributarios y aduaneros.
  • Trabajadores de empresas y entidades del Estado que no negocien colectivamente.
  • Astilleros y Maestranzas de la Armada.