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Comienza el pago del Bono Invierno 2024: revisa con tu RUT si te corresponde el pago

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POR Santiago Parro |

Descubre si eres beneficiario del Bono Invierno 2024, el monto que entrega y las fechas de pago.

El Bono Invierno es un beneficio no postulable de $77.982 que se entrega por una sola vez a quienes tengan 65 años o más (al 1 de mayo de 2024) y cumplan los requisitos.

El monto del bono se paga junto con la pensión correspondiente a mayo de 2024 y no es tributable ni imponible, ni está sujeto a descuentos.

!HOY COMIENZA! Comienza el pago del Bono Invierno 2024: revisa con tu RUT si te corresponde el pago

Bono Invierno 2024: monto, fecha de pago y requisitos

A partir del jueves 2 de mayo se comenzará a pagar el Bono Invierno, un beneficio que apunta a afrontar de mejor manera los gastos asociados al comienzo del invierno.

¿Cuál es el monto del Bono Invierno 2024?

Los beneficiados del Bono Invierno 2024 recibirán $77.982 y el aporte vendrá incluido en la pensión del próximo mes de junio. Quienes cobren la jubilación de manera presencial tendrán que presentar su cédula de identidad para retirar el dinero en el lugar habitual de pago.

Consulta con tu RUT si te corresponde el Bono Invierno 2024

El Bono Invierno se paga junto con la pensión de mayo que recibe cada uno de los pensionados que figuren como beneficiarios.

Sin embargo, puedes consultar la fecha de pago exacta del Bono Invierno solo con tu RUT en mi.chileatiende.gob.cl.

Requisitos para recibir el Bono invierno 2024

 

El Bono Invierno no es postulable y entrega un monto de $77.982 por cada beneficiario.

  • Pensionados cuyas pensiones sean de un monto inferior o igual al valor de la pensión mínima de vejez para pensionados de 75 o más años de edad a la fecha de pago del beneficio y que sean de: Instituto de Previsión Social, Instituto de Seguridad Laboral, Cajas de Previsión (Dipreca y Capredena) o Mutualidades de Empleadores.
  • Pensionados del sistema establecido en el Sistema de Pensiones de Vejez (1980), que se encuentren percibiendo pensiones mínimas con garantía estatal.
  • Pensionados del Sistema de Pensiones de Vejez (1980) que se encuentren recibiendo un Aporte Previsional Solidario de Vejez (APSV), cuyas pensiones sean de un monto inferior o igual al valor de la pensión mínima de vejez para pensionados de 75 o más años de edad a la fecha de pago del beneficio.
  • Beneficiarios de la Pensión Garantizada Universal (PGU), siempre que no tuvieran derecho a otra pensión en algún régimen previsional.
  • Pensionados de algún régimen previsional que, adicionalmente, se encuentren recibiendo una PGU y cuyas pensiones sean de un monto inferior o igual al valor de la pensión mínima de vejez para pensionados de 75 o más años de edad a la fecha de pago del beneficio.