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Bono por Hijo tendrá un aumento por alza del sueldo mínimo: revisa de cuánto será el incremento

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Agencia Uno
POR Santiago Parro |

Revisa en Pauta de cuánto fue el aumento del Bono por Hijo, tras el alza del salario mínimo.

Según el Instituto de Previsión Social, “el Bono por Hijo es un beneficio que incrementa el monto de la pensión de la mujer a través de la entrega de una bonificación por cada hija o hijo que haya nacido vivo o que haya sido adoptado, es decir, no se paga al momento del nacimiento, sino que junto a su pensión.

En caso de hijos adoptados, el beneficio se genera tanto para la madre biológica como para la madre adoptiva.

Bono por Hijo tendrá aumento: nuevo monto, fecha de pago y requisitos

Bono por Hijo tendrá un aumento por alza del sueldo mínimo: revisa de cuánto será el incremento

A través del sitio web ChileAtiende, podrás consultar si cumples con los requisitos para pedir el Bono por Hijo. Solo debes ingresar tu RUT y fecha de nacimiento.

Nuevo monto del Bono por Hijo

Antes del 1 de julio, con un salario mínimo de $460,000, el Bono por Hijo oscilaba entre $297,000 y $828,703 por cada hijo. Con el aumento del salario mínimo a $500,000, el bono máximo aumentó a aproximadamente $900,000 por hijo. Esto se debe a que el bono equivale al 10% de 18 salarios mínimos mensuales.

El cálculo del bono varía según factores como el mes de nacimiento del hijo y la rentabilidad del Fondo C del sistema de pensiones. El pago del bono no es en efectivo ni de una sola vez; se suma a los ahorros previsionales de la beneficiaria para complementar su pensión mensual.

  • Para hijos nacidos antes del 1 de julio de 2009, se aplica el salario mínimo vigente en julio de 2009, que era de $165,000.
  • Para hijos nacidos después del 1 de julio de 2009, se aplica el salario mínimo vigente en el mes de su nacimiento.

¿Cuáles son los requisitos del Bono por Hijo?

Para ser beneficiaria del Bono por Hijo es necesario:

  • Tener 65 años de edad o más.
  • Acreditar 20 años de residencia en Chile, contados desde que la beneficiaria cumplió 20 años, y haber vivido en el país, al menos, durante 4 de los últimos 5 años previos a la solicitud del beneficio.
  • No recibir pensiones -en calidad de titular- de Capredena, Dipreca, ni de las ex Cajas de Previsión (hoy agrupadas en el IPS).
  • Cumplir alguna de las siguientes condiciones:
    • Madres afiliadas a una AFP, que obtuvieron u obtengan su pensión a partir del 1 de julio de 2009.
    • Madres titulares de una Pensión Garantizada Universal (que reemplazó a la Pensión Básica Solidaria de Vejez) a contar del 1 de julio de 2009, que no hayan tenido ni tengan derecho a pensión en ningún régimen previsional.
    • Madres que, sin estar afiliadas a un régimen previsional, reciben desde julio del 2009 una Pensión de Sobrevivencia.