Economía

La Reforma Tributaria es ley en febrero, se aplica desde enero y renovará normas por varios años

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PAUTA/ Felipe Rojas
POR Marcela Gómez |

Con la publicación de la Ley 21.210 este lunes 24 de febrero comienza el proceso de modernización tributaria.

Es un puntapié de alcances diversos: la publicación de la Ley 21.210 de Reforma Tributaria en el Diario Oficial este 24 de febrero da la partida a una serie de hechos, que no se agotan con la entrada en vigencia de sus diferentes disposiciones. Por de pronto, el Servicio de Impuestos Internos (SII) está trabajando en las circulares asociadas a las diversas materias que plantea la legislación, las cuales serán sometidas a consulta pública, como es habitual.

El impacto secundario más relevante es el ingreso a la Contraloría General de la República del decreto que establece una nueva trayectoria fiscal, con la meta de llegar a un déficit de 2% en 2022. Aunque el Consejo Fiscal Autónomo (CFA) viene insistiendo sobre ese punto, el director de Presupuestos, Matías Acevedo, dijo en entrevista con El Mercurio que “el decreto está para la firma del ministro, a la espera que se promulge la modernización tributaria”.

Con la publicación de la ley, también se acorta el tiempo para que el ministro de Hacienda, Ignacio Briones, convoque a las comisiones que analizarán las exenciones y tratamientos especiales del sistema tributario, y el marco de mediano y largo plazo para avanzar en mayor recaudación y una estructura más moderna. La misma instancia podría incluso abordar ambos temas.

Los cálculos del Gobierno apuntan a que la “modernización tributaria” permitirá una recaudación de US$ 2.200 millones en régimen.

Atención con las vigencias

En las disposiciones transitorias de la nueva ley se establece que las modificaciones entrarán en vigencia a contar del primer día del mes siguiente de su publicación en el Diario Oficial (1 de marzo), excepto en el caso de las normas que tienen una fecha especial de vigencia.

Los cambios más significativos entraron en vigencia el 1 de enero de este año, como es natural cuando se trata de modificaciones a la ley de Impuesto a la Renta y, por ende, la declaración anual de lo obtenido el año anterior.

La experta tributarista Soledad Recabarren menciona algunas materias: el sistema semiintegrado como régimen general; la clásula Propyme (que sustituye al derogado artículo 14 Ter); el nuevo concepto de gasto necesario para producir la renta; el nuevo tramo del Impuesto Global Complementario con tasa de 40% para ventas sobre $15 millones, y la sobretasa para activos inmobiliarios sobre $400 millones de avalúo fiscal, donde se señala que “se aplicará por el año 2020 completo, considerando los bienes raíces inscritos a nombre del contribuyente al 31 de diciembre del año 2019”.

Añade la abogada que el 24 de abril vence el plazo para que el SII emita la resolución correspondiente sobre la forma de hacer efectiva la depreciación instantánea de activos físicos adquiridos entre el 1 de octube de 2019 y el 31 de diciembre de 2021 destinados a nuevos proyectos de inversión, además de los destinados a la producción de bienes en la Araucanía.

El 30 de abril vence el plazo para que contribuyentes en general den aviso al SII y se acojan al régimen de transparencia tributaria o al de renta presunta. También es la fecha máxima para que las pymes sujetas al derogado artículo 14 ter letra A) se acojan al nuevo régimen simplificado.

Impuestos digitales y market maker

El 24 de mayo, en tanto, debe partir la incorporación del IVA en los servicios digitales prestados a consumidores locales por plataformas extranjeras vía internet, como Netflix y Spotify, entre otras. Esa misma fecha es el límite para que los contribuyentes que tienen contiendas judiciales con el SII presentes propuestas de avenimiento judicial.

Soledad Recabarren precisa que hay otras vigencias más lejanas en el tiempo, incluso hasta 2024. Como ejemplo, añade que el el 1 de marzo de 2021 se pone fin a la validez contratos de market maker para aquellos emisores inscritos (o reglamentos depositados) en el registro de la Comisión para el Mercado Financiero al 24 de febrero de 2020. Asimismo, el 24 de febrero de 2022 es el último plazo para la entrada en funciones de la  futura Defensoría del Contribuyente.

Norma inconstitucional

Además, Hacienda deberá ver qué hacer con la única disposición en las 119 páginas de la ley que fue eliminada en el control de legalidad realizado por el Tribunal Constitucional (TC). Se trata del mandato que le entregaba al director del SII para definir mediante una resolución el procedimiento para conocer y resolver el recurso jerárquico (similar a una apelación) contra lo resuelto en un recurso de reposición administrativa.

“Esta no es la primera vez que se le entrega, o se le trata de entregar, competencias que no le corresponden al director del SII”, afirma la socia de Recabarren y Asociados. Explica que en la norma “se le asignan facultades del Poder Legislativo de regular procedimientos que debieran estar fijados por ley”, lo que fue declarado inconstitucional; “esto es contrario a nuestro sistema legal”, acotó.