El IVA pagado por los servicios digitales superaría este año la meta prevista para 2024
El impuesto que se paga por Netflix, Spotify o Zoom comenzó a regir el 1 de junio pasado. Ya recaudó US$ 121 millones entre ese mes y diciembre.
De no mediar sorpresas, la aplicación del IVA a los servicios digitales prestados en Chile por plataformas extranjeras podría recaudar este año más que lo previsto cuando se decidió gravar con este impuesto a empresas como Netflix, Spotify, Google, Amazon, Disney y Zoom, entre otros.
El gravamen comenzó a aplicarse el 1 de junio de 2020 y para su recaudación el Servicio de Impuestos Internos (SII) habilitó una plataforma especial para recibir estos pagos, que pueden cursarse en dólares, euros o moneda local. Ya que la mayoría de las 120 empresas inscritas optó por pagar el IVA en forma trimestral (ver listado completo aquí), en su primer balance en octubre el SII informó que se recaudaron US$ 62,8 millones por este concepto.
Sumando un nuevo trimestre, la Tesorería General de la República informó que al 22 de enero (fecha máxima para declarar el IVA del último trimestre de 2020), se recibieron por este concepto $ 630 millones, a los que se suman US$ 77 millones de quienes eligieron el pago en dólares, mientras quienes optaron por euros aportaron $35 millones de esa moneda.
En total, usando el tipo de cambio promedio junio-diciembre de $750, se recaudaron poco más de US$121 millones en ese lapso.
Realidad vs proyecciones
En el último informe financiero de la reforma tributaria, que se promulgó como ley en febrero de 2020, se estimó que el IVA a servicios digitales y comercio electrónico recaudaría US$ 219 millones en 2021. En régimen, proyectado para 2024 en adelante, el aporte a las arcas fiscales sería de US$ 241 millones anuales.
Esta cifra podría alcanzarse este año, ya que si se mantiene el ritmo de pago de IVA del primer semestre de aplicación y no se aprecian grandes diferencias en el tipo de cambio, a diciembre de 2021 la cifra podría llegar a US$ 242 millones.
Al parecer, las restricciones a la movilidad derivadas de la pandemia han sido un aliado inesperado para la demanda de servicios de entretenimiento en el hogar, teletrabajo, conferencias y entrega a domicilio, lo que ha beneficiado la recaudación de este impuesto.
Quiénes pagan
La reforma tributaria obligó a pagar IVA a contribuyentes extranjeros, sin domicilio ni residencia en Chile, que presten servicios a distancia para ser utilizados en territorio nacional por personas naturales o jurídicas que no sean contribuyentes del IVA.
Esto incluye a entidades que suministran entretenimiento digital (videos, música, juegos u otros análogos, a través de descarga, transmisión u otra tecnología), así como también a aquellos que realizan publicidad, y a los proveedores de software, almacenamiento, plataformas o infraestructura informática. Al ser un servicio digital, también deben tributar los suscriptores de medios de comunicación internacionales, por ejemplo.
Para controlar los montos, el SII está coordinado con los bancos que cubren el 95% de las transacciones que se realizan a través de tarjetas de crédito, mediante las cuales personas y empresas locales contratan estos servicios en el extranjero. También ha avanzado en la coordinación con los operadores de medios de pago no bancarios que cubren el 5% restante.
En octubre el SII informó que Google y Netflix se ubicaban como los principales pagadores de IVA en Chile, seguido de Sony Interactive Entertainment, Facebook, Spotify, Microsoft, Amazon y Zoom.
Sin embargo, ante la consulta de PAUTA, la Tesorería señaló que “no es posible proporcionar la información desglosada por cada plataforma extranjera, debido a que dicha información está sujeta a normas de secreto conforme lo dispone el Código Tributario, las cuales impiden dar conocer los impuestos pagados específicamente por un contribuyente o empresa determinada”. Otra consideración que según el organismo impediría conocer el detalle de los montos pagados por cada plataforma es que ello “importaría una divulgación de datos comerciales o
económicos de las empresas requeridas”.