Economía

Proyecto que cambia el reparto de utilidades a los trabajadores abre dudas entre privados

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POR Marcela Gómez |

El Congreso discute una propuesta que garantiza una gratificación del 30% de las ganancias. Sus críticos cuestionan que se haga en medio de una crisis de empleo.

Haga el siguiente ejercicio: pregunte a un trabajador con contrato cuánto recibe por su aporte en las utilidades que genera la empresa en la que trabaja. Las respuestas, en general, serán “nada” o “mi sueldo”.

Ocurre que si bien el Código del Trabajo obliga a las empresas a distribuir utilidades con los trabajadores, la inmensa mayoría de las firmas opta por una de la fórmulas legales para hacerlo: un pago mensual que se suma a la remuneración, que puede pasar inadvertido para los trabajadores al no ser percibido como relacionado con su aporte al éxito de la empresa.

Ahora, un proyecto de ley impulsado por el presidente de la Comisión de Trabajo de la Cámara Baja, Tucapel Jiménez (PPD) busca modificar el pago de gratificaciones a los trabajadores. La iniciativa, que en su origen tuvo respaldo transversal, ahora es solo impulsada por la oposición, luego que los diputados RN Francisco Eguiguren y Alejandro Santana retiraran su patrocino.

Aunque el Gobierno advirtió que la propuesta es inconstitucional, ya que solo el Ejecutivo puede plantear ajustes legales que incidan en las remuneraciones, la Sala de la Cámara lo declaró admisible por mayoría.

El paso siguiente del Ministerio del Trabajo fue convocar a una instancia técnica con parlamentarios, representantes sindicales y empresariales para buscar una fórmula de consenso, que no se logró. Tanto la Confederación de la Producción y del Comercio (CPC) como la Sofofa plantearon que es inconveniente este debate en medio de una crisis económica, cuando se necesita priorizar la creación de empleo.

Una propuesta del exministro del Trabajo, Osvaldo Andrade (PS) podría ser la clave para su futuro.

Cómo funciona hoy

El reparto de las utilidades generadas en las empresas se realiza mediante el pago de gratificaciones a los trabajadores. De acuerdo con el Código del Trabajo, las empresas que obtienen utilidades líquidas deben optar entre distribuir anualmente el 30% de ese total o el 25% de la remuneración del trabajador con tope de 4,75 veces el ingreso mínimo mensualizado ($149 mil mensual con reciente ajuste al salario mínimo, retroactivo desde mayo).

La mayor parte de las empresas opta por la segunda modalidad, que implica un monto mensual fijo, lo que puede ser ventajoso cuando las firmas no obtienen utilidades, algo generalizado en la pandemia. Pero pagar “un cierto porcentaje de la remuneración de los trabajadores, además con un cierto tope máximo, no es propiamente un sistema de reparto de utilidades”, dice el profesor de derecho del trabajo de la Universidad Católica del Norte, Juan Pablo Severin

A su juicio, contar con sistemas de remuneraciones que impliquen que los trabajadores reciban mayores ingresos si es que a la empresa le va mejor “permite alinear los objetivos de los trabajadores con los de la empresa, y refuerza el compromiso para que a todos les vaya mejor”. 

Reparto obligatorio

El proyecto, cuya idea de legislar ya fue aprobada por la Comisión de Trabajo, propone garantizar la entrega de la gratificación del 30% de las utilidades en las empresas que lleven libros de contabilidad y que tengan beneficios o excedentes líquidos. Aunque mantiene la alternativa de gratificar por el 25% de las remuneraciones del trabajador, se elimina el tope y esta fórmula solo puede usarse si entrega un mayor monto que la primera. 

Severin estima que la iniciativa simplemente busca establecer algo que existe en las legislaciones de distintos países. “Que los trabajadores puedan acceder a parte de aquella riqueza que generan con su propia labor”, asegura. Añade que se puede discutir cuál es el porcentaje que debe ser repartido y propone que el mecanismo que se defina “apunte a mínimos, de modo que eventualmente los trabajadores organizados puedan negociar con su empleador mejores condiciones para las gratificaciones”.

Por su parte, el director del departamento de Derecho del Trabajo de la Universidad de Chile, Luis Lizama, advierte que “es evidente que el proyecto, del modo en que está redactado, lo que hace es establecer que por defecto debe repartirse el 30% de las utilidades, cuando existan”. Considera que al suprimir en la práctica “el derecho de elección que tiene hoy el empleador entre un tipo de gratificación y otra, le quita flexibilidad”.

Pero lo que señala como más complejo es la oportunidad en que se propone este cambio. “Tomando en consideración que hemos tenido una crisis social y posteriormente una pandemia que aún no termina, imponer esta sobrecarga en sus costos laborales a los empleadores probablemente va a tener un impacto en empleo”, advierte.

Otra propuesta

Al exponer en la Comisión de Trabajo, el economista y exministro del ramo, René Cortázar (DC) también planteó reparos. Sostuvo que el proyecto aumentaría la desigualdad salarial y reduciría la inversión, siendo mejor tener mecanismos de gratificación asociados a la realidad de cada empresa en lugar de fijar fórmulas iguales para todas.

En la misma instancia, otro extitular del Trabajo, el abogado socialista Osvaldo Andrade, instó a avanzar en la idea, al estimar que el sistema vigente para distribuir utilidades “se ha desnaturalizado”. Pero propuso otra modalidad: que se establezca un sistema de gratificaciones que tenga un componente fijo y otro que varíe en función de la rentabilidad obtenida por la empresa. “Si no hay beneficios, el trabajador de todas maneras recibe la parte fija”, indicó. Además, pidió diferenciar por tamaño de la empresa.

Las ventajas de este diseño fueron ponderadas en el debate, por lo que podría transformarse en la fórmula que finalmente prime.