OCDE sugiere a Chile crear un registro de dueños finales de empresas y a disposición del SII
Informe entregado a Hacienda recoge diversos modelos existentes en otros países, pero destaca las ventajas de un sistema centralizado. El registro ha sido demandado por organizaciones protransparencia.
Conocer quiénes son los dueños finales de las empresas ayuda a combatir la corrupción y la evasión de impuestos, además de limitar los conflictos de interés y las prácticas anticompetitivas. La legislación actual permite algunos avances, pero no se llega al final cuando una firma es controlada por varias sociedades o en el caso de los grupos empresariales.
En medio del debate del Presupuesto 2021, se acordó avanzar en un registro de beneficiarios finales (dueños de empresas) para las compras que hace el Estado y pedir a la OCDE un informe sobre cómo extenderlo al sector privado.
Ese documento, entregado en abril pasado a Hacienda y al que PAUTA tuvo acceso, busca ayudar a Chile a desarrollar “su plan de acción para mejorar su marco de beneficiarios reales, tomar una decisión informada respecto a cómo implementarlo y cumplir plenamente con los requisitos de las normas internacionales en esta materia”.
El texto indica que si bien no se solicita a los países aplicar un modelo en particular, sí se requiere “que cuenten con sistemas que aseguren la disponibilidad de información sobre el beneficiario final en todas las entidades y cuentas bancarias, y el acceso a esta información por parte de la administración tributaria [Servicio de Impuestos Internos, SII, en el caso de Chile]”. Añade que el uso de registros centrales “es una tendencia creciente y tiene la ventaja de centralizar la información en una sola autoridad”.
A continuación puede revisar el documento
El análisis se basó en una revisión de pares, luego de que Chile solicitara asistencia técnica al Foro Global sobre Transparencia e Intercambio de Información con Fines Fiscales de la OCDE (que integra con otras 162 economías), para actualizar y mejorar sus reglas sobre beneficiarios finales.
Por qué y cómo hacerlo
La directora del Observatorio del Gasto Fiscal, Paula Díaz, considera que poder identificar a los dueños finales de las empresas permitiría detectar, tempranamente, potenciales conflictos de interés.
Pone como ejemplo casos recientes, como los fraudes que se investigan en algunas corporaciones municipales, donde ese registro “habría permitido encontrar los vínculos entre ex funcionarios de los municipios y los dueños de las empresas involucradas”. En las revelaciones de los Pandora Papers, centradas en firmas offshore, contar con un registro de beneficiarios finales “no elimina los riesgos, pero sí permitiría que ‘más ojos’ estén atentos a los potenciales conflictos de interés entonces y ahora”.
Díaz estima que el informe de la OCDE enfatiza la necesidad de un registro “único, centralizado e idealmente público de todos los beneficiarios finales y no solo los dueños de empresas proveedoras del Estado”. Añade que el documento propone claramente las etapas a seguir para tener un registro adecuado, mostrando ejemplos de experiencias exitosas, como lo es el uso de los estándares para prevenir el lavado de activos y el financiamiento del terrorismo.
“Dicho órgano debería contar con las potestades suficientes para definir, exigir y sancionar aspectos tales como incumplimientos en los plazos de actualización de la información, formatos en que debe ser proporcionada y calidad de la misma, entre otros”, agrega.
Compras Públicas: primer avance
Ya hay un primer paso. El Presupuesto 2021 incorporó una norma (que también figura en el proyecto de Presupuestos 2022) que establece que debe individualizarse a las personas naturales y jurídicas que, a cualquier título, participen en la propiedad y administración de la persona jurídica inscrita en el registro de contratistas y proveedores del Estado. Esta información debe ser solicitada en materia de compras públicas.
Desde Hacienda explican que esta es la “primera capa” de la propiedad de las empresas. Por ejemplo, si un proveedor del Estado tiene como dueño a otra sociedad, no es posible saber finalmente quien es el dueño de la empresa, porque la información que tienen que entregar no obliga a llegar más allá.
Pero el 31 de marzo, el Gobierno ingresó al Congreso un proyecto que moderniza las compras públicas. Junto con otras medidas para generar más transparencia y competencia en esas transacciones, se incorporan normas para hacer exigible no solo la información de la “primera capa”, sino de toda la estructura de las sociedades proveedoras del Estado, hasta llegar al beneficiario final.
El proyecto exige informar quienes son todas las personas naturales que posean directa o indirectamente, a través de sociedades u otros mecanismos, hasta el 10% del capital del proveedor. En caso que no existan propietarios de ese 10%, se debe informar quienes son las tres personas naturales con mayor participación del capital. También se debe informar sobre quienes ejercen el control efectivo de la toma de decisiones del proveedor, sin perjuicio de que no tengan el 10% del capital. Este es el caso, entre otros, de quienes posean paquetes accionarios que les garanticen designar más directores.