Economía

Los 11 cambios tributarios que ayudarán a financiar la PGU

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POR Marcela Gómez |

Ahora pagarán impuestos las ganancias de capital en el mercado bursátil y los seguros de vida. El beneficio del DFL se limita a solo dos viviendas y los servicios estarán afectos a IVA.

Un total de 11 cambios tributarios aportarán al financiamiento de la Pensión Garantizada Universal (PGU), que se estima tendrá un costo total de US$ 6.800 millones anuales en un inicio.

Tanto el proyecto que crea la PGU como el de reducción y eliminación de exenciones y creación de nuevos tributos fueron aprobados por la Sala del Senado. Se prevé que la Cámara de Diputados despachará ambas iniciativas a ley este miércoles 26 de enero. Los cambios tributarios entran en vigencia el 1 de enero de 2023, salvo los que expresamente tienen otra fecha.

Nuevos impuestos

Ganancias en el mercado bursátil: para fomentar el mercado de capitales, desde 2001 las ganancias de capital están libres de impuestos. Ahora esa exención se mantiene solo para inversionistas institucionales (AFP y aseguradoras), ya que quienes transen en bolsa deberán pagar un impuesto de tasa 10% por el mayor valor entre el precio de compra y de venta. El pago comenzará seis meses luego de publicada la ley y el costo de adquisición será el valor del papel al cierre de 2021. Recaudación esperada: US$ 106 millones anuales en régimen.

Impuesto a bienes de lujo: se aplicará un nuevo impuesto de tasa 2% sobre el valor de tasación fiscal o de mercado, según corresponda, para aviones y helicópteros de uso privado, y yates no usados por deportistas, todos con un valor superior a $79 millones. También se gravará con este impuesto los automóviles tasados sobre $40 millones. Un reglamento del Ministerio de Hacienda verificará qué bienes quedan afectos. Recaudación esperada: US$ 146 millones anuales en régimen.

En materia de propiedades

Eliminar el crédito IVA a empresas constructoras: esta exención busca evitar que la incorporación de IVA en la construcción encarezca el precio de las viviendas. Ahora se elimina para los contratos celebrados desde el 1 de enero de 2025, pero para aquellos celebrados entre enero de 2023 y ese año se reduce transitoriamente desde 65% a 32,5% el monto que se podrá deducir de  los pagos mensuales de IVA (PPM) y a 6,175% del valor de la venta. Recaudación esperada: US$ 580 millones anuales en régimen.

Tercera vivienda no podrá recibir beneficios de DFL2: esta medida se refiere al régimen de invariabilidad tributaria para propietarios de viviendas de 140 m2, conocido como DFL2. Se limitan estos beneficios a dos viviendas y sus dueños deben ser solo personas naturales, independiente de la fecha de adquisición. Recaudación esperada: US$ 12 millones anuales en régimen.

Sobretasa del impuesto territorial: Aunque ya rige un impuesto adicional a los dueños de propiedades por un valor superior a 670 UTA ($413 millones), con una tasa escalonada, ahora se eleva la tasa de 0,275% a 0,425% para aquellas sobre $900 millones. Esto afectaría a cerca de 18 mil contribuyentes. Recaudación esperada: US$ 133 millones anuales en régimen.

Cambios para las empresas

Compras de activos fijos: las empresas que invierten en maquinaria, equipos y otros equipos para mejorar procesos o ampliar su producción hoy pueden rebajar de impuestos entre 4% y 6% del valor del activo, dependiendo de sus ventas anuales. Este beneficio se elimina para las firmas con ventas anuales sobre 100 mil UF ($3.000 millones). Recaudación esperada: US$ 16 millones anuales en régimen.

Cambios en patentes mineras: se propone aumentar el plazo de duración de la patente de exploración a 4 años y duplicar su monto, pero eliminando la posibilidad de renovación. Las patentes de explotación mantendrán su duración indefinida, pero deberán mostrar su uso y el precio se elevará cuando las concesiones no demuestran actividad. Recaudación esperada: US$ 348 millones anuales en régimen.

Leasing financiero: mediante este sistema de “compra en cuotas” se adquiere un bien de manera similar a hacerlo con un crédito, pero tributariamente se trata como si fuera un arriendo con opción de compra. Ahora ambos mecanismos tendrán el mismo tratamiento en cuanto a intereses y depreciación.  Recaudación esperada: US$ 330 millones anuales en régimen

Cambios para las personas

Gravar con IVA a servicios: se cambia la lógica para definir que todos los servicios pagan IVA, salvo aquellos expresamente exceptuados como los de educación, salud y de transporte de pasajeros; los servicios personales prestados por personas naturales mediante la emisión de boletas de honorarios y los de sociedades de profesionales que no tengan capital adicional (como vehículos o propiedades). Recaudación esperada: US$ 414 millones anuales en régimen.

Impuesto de herencias y donaciones en seguros de vida: quienes reciban un seguro de vida al fallecer la persona que lo contrató deberán pagar el impuesto a la herencia, si el seguro fue contratado tras la publicación de la ley. Hasta ahora, el aporte monetario originado en seguros de vida no se considera renta ni estaba afecto a ese impuesto. No estimó la recaudación probable. 

Excedentes de libre disposición: los dineros que quedan de saldo tras calcularse lo necesario para la pensión pueden ser retirados por la persona sin pagar impuestos bajo ciertas reglas. Ya que quienes logran tener estos saldos son personas de mayores ingresos, ahora el uso de estos excedentes (que no tributaron al ser ahorrados) tributarán de acuerdo con las normas generales. Recaudación esperada: US$ 24 millones anuales en régimen