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Los principios mínimos del reglamento de la Convención Constitucional

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Fernanda Monasterio/PAUTA
POR Matias Bobadilla |

La comisión encargada de escribir las normas que van a regir al organismo chileno se dio plazo hasta finales de agosto para presentar una propuesta ante el pleno.

¿Qué comisiones se conformarán en la Convención? ¿Cuál será la regulación del funcionamiento de las sesiones, qué sistema de votación se utilizará y cómo participará la ciudadanía? Estos son, según los expertos, los elementos esenciales que se deben incluir en la redacción del reglamento.

¿Qué estamos verificando?

Tras más de un mes del inicio del funcionamiento de la Convención Constitucional, uno de los temas que ha marcado la agenda es la redacción del reglamento. Esta tarea fue encargada a una comisión especial que se encuentra trabajando hasta finales de agosto para presentar una propuesta ante el pleno. Sin embargo, no ha estado exento de polémica debido a ciertas propuestas, como que las abstenciones no cuenten para el cuórum o que las organizaciones con “conflicto de interés” no pueden participar en el debate.

El Constitucheck del WatchDog PAUTA consultó con expertos nacionales e internacionales respecto a los elementos sustanciales que debe contener el reglamento y cuáles son las claves para que sea exitoso.  

¿Qué propuestas existen?

Según información de El Mercurio, la mayoría de las propuestas coinciden en que la Convención esté normada bajo “los principios de paridad, descentralización, transparencia, pluralismo y participación”.

El Partido Comunista sugiere la creación de cinco comisiones, entre ellas la de Sistema Político y Formas de Estado; y la de Justicia y Judicatura. Además, consideran que las abstenciones no debieran contar para el cuórum y que este se debe calcular con los presentes en sala. 

El convencional Agustín Squella impulsa la creación de “grupos constitucionales” conformados por 15 convencionales, sin obligación de pertenecer a uno. En cuanto al cuórum, opina que se debe fijar qué normas deben ser aprobadas por dos tercios.  

La plurinacionalidad en el funcionamiento de la Convención es fundamental en la propuesta de los representantes de los pueblos originarios que se podría dar a través de la distribución del poder y normas de integración. También, toman en cuenta que se deben cumplir los estándares internacionales y las comisiones deben ser las de Derechos Humanos, Equidad de Género, Descentralización y Plurinacionalidad.

En tanto, Independientes No Neutrales estima necesario la conformación de cuatro comisiones: Descentralización, Estado de Derecho, Derechos Fundamentales, y Sistema Electoral, Partidos Políticos y Reforma de la Constitución. Junto a ella, argumentan que debe existir una “Comisión de Armonización” que funcione a medida que se lo pidan y cuando se apruebe el texto final.  

La constituyente de la UDI Constanza Hube propuso, a nombre del partido, que las comisiones deben estar integradas al menos por nueve convencionales en cada uno de los siete comités. Una de estas sería una “Comisión Técnica Constitucional” y además se plantea la creación de un “informe de minorías”.

El Colectivo Socialista presentó un documento conjunto en la materia. Respecto al cuórum, señalan que las normas que sean incorporadas a la nueva Carta Magna debieran ser aprobadas por dos tercios, mientras que otras disposiciones lo podrían hacer con mayoría simple. En cuanto a las comisiones, proponen ocho de administración y funcionamiento y 10 temáticas. Las iniciativas y enmiendas las deberán presentar entre ocho y 16 convencionales.

Por mayoría simple los acuerdos que emanen de la Convención, pero una aprobación de dos tercios para las normas constitucionales es la idea que en el Frente Amplio impulsan para el quórum. Además, proponen 18 comisiones temáticas y una de Participación Popular, considerando también que la de Armonización empiece a funcionar cuando se termine el texto final.  

Finalmente, Renovación Nacional y Evópoli plantean 11 comisiones, desglosadas en cinco orgánicas y seis temáticas. Con relación con el cuórum, establecen que “las resoluciones del Pleno se tomarán siempre por mayoría absoluta, salvo en aquellas que la Constitución exige los 2/3”.

¿Qué dice la Constitución?

En el Capítulo XV de la Constitución, referido a la Reforma de la Constitución, el artículo 133 señala en el inciso tercero que “la Convención deberá aprobar las normas y el reglamento de votación de estas por un quórum de dos tercios de sus miembros en ejercicio”, Además, otros incisos estipulan que el organismo no podrá alterar los cuórum ni procedimientos para su funcionamiento y que se deberá conformar una secretaría técnica, con “personas con idoneidad académica o profesional”.

El análisis de los expertos

Soledad Bertelsen, profesora de Derecho Constitucional e investigadora de Polis, Observatorio Constitucional de la Universidad de los Andes, señala que son cuatro los puntos esenciales que deben estar presentes en el reglamento. En primer lugar, decidir si la Convención se dividirá en comisiones y cuáles serían estas. Luego, regular su funcionamiento en cuanto a los temas que se pondrán en tabla, de qué manera se hará uso de la palabra y cómo se procederá frente a faltas al orden. También determinar el sistema de votación que, si bien es de dos tercios, es fundamental establecer si se votará por artículo, capítulo o el texto final en su conjunto. Asimismo, se debe incluir el sistema de participación de la ciudadanía y sociedad civil.  

La abogada afirma que algunos de los temas que se han abordado, tales como que las abstenciones no cuenten para el cuórum, que el derecho a la palabra se otorgue mediante criterios de plurinacionalidad y género o no recibir a las organizaciones con conflictos de interés, son ejemplos que se “se alejan de las normas habituales en los órganos colegiados de este tipo, como son los reglamentos de la Cámara de Diputados o del Senado”. Por lo mismo, enfatiza en que “uno esperaría que dados los plazos por los que se rige el trabajo de la Convención, se basaran en esos reglamentos, evitando reinventar la rueda”.

Experiencia Internacional

El abogado constitucionalista peruano de la Universidad de Piura Carlos Hakansson considera que en la experiencia internacional ha habido ciertos puntos que han sido claves en la redacción del reglamento del organismo encargado de elaborar una nueva Carta Magna.

Uno de ellos es el establecimiento de la temporalidad y calendarización de las etapas de trabajo, como ocurrió en la Asamblea Constituyente en Colombia. A su juicio, también debe estar presente el principio de transparencia y la creación de un organismo para la difusión de la comunicación. Por ejemplo, en Ecuador se creó la Unidad de Comunicación Social del Ecuador, y en Nepal, el Comité de Relaciones Cívicas. Además, Hakansson asegura que se debe dar facilidad para el acceso a los medios de comunicación, tal como se hizo en los países sudamericanos ya mencionados y en Sudáfrica.

Algunas naciones han establecido formas de participación ciudadana que recogen las inquietudes de los individuos como es el caso en Colombia, Bolivia y Nepal. Otro elemento fundamental es el establecimiento de la estructura interna, señalando los comités administrativos, junto a las normas relativas a los turnos de debate y los temas procedimentales.

Hakansson añade que “el tiempo de discusión de 30 días parece excesivo tratándose de un documento de organización interna que, en la práctica, no difiere de los reglamentos parlamentarios clásicos, pero sin considerar todo lo relativo a los procedimientos de control político”. Advierte que en los casos en que el poder constituyente ha convivido trabajando a la par del Congreso han ocurrido momentos de “crispaciones y tensión continua” entre ambos organismos. 

El artículo 133 de la Constitución establece que la Convención debe redactar sus propias normas internas que permitirán el correcto funcionamiento del organismo; actualmente, se ha instalado la comisión de Reglamento para cumplir con ese objetivo.

De acuerdo con los expertos consultados, la mejor opción es que la Convención base sus reglamentos en los ya existentes en otros organismos parlamentarios. En tanto, la experiencia internacional da cuenta de que el éxito de las instituciones que han redactado Cartas Magnas se ha fundamentado en “validar los principios democráticos”. En ese sentido, afirman que es necesario dejar en claro cómo será el debate, cuáles serán los cuórums y los sistemas de votación.

WatchDog PAUTA es un proyecto de fact-checking conjunto entre la Facultad de Comunicación de la Universidad de los Andes y PAUTA. Busca tomar temas en la agenda y rastrear su veracidad desde una perspectiva positiva, no inquisitoria.

La sección Constitucheck es verificador de contenidos surgidos a partir del debate constitucional.